La defensa de Rank ha señalado que el exsecretario de Saca tiene enfermedades crónicas. / Archivo DEM


Julio Rank, exsecretario de Comunicaciones del expresidente Elías Antonio Saca, fue beneficiado ayer con la libertad condicional anticipada, tras una orden que Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le dio al Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria de San Salvador.

La resolución del juez dice que le otorgó dicho beneficio porque la Sala de lo Constitucional en su resolución de hábeas corpus señala que basta tener más de 60 años y haber cumplido un tercio de pena.

Pese a la resolución, el exfuncionario de la Presidencia de la República no quedó en libertad inmediatamente ya que debe correr el plazo de cinco días que la ley otorga a la Fiscalía General de la República para apelar la decisión judicial; de no hacerlo, Rank saldría libre.

Desde que fue condenado lo enviaron al penal de Mariona, para que cumpliera una pena de cinco años por el delito de lavado de dinero, ilícito que admitió en un procedimiento abreviado ante el Tribunal Segundo de Sentencia de la capital, dijo que en su calidad de funcionario de Casa Presidencial había blanqueado $8,381,130.30.

La condena le fue impuesta el 21 de noviembre del año 2018, pero quedó firme y ejecutoriada el 17 de diciembre del mismo año.

El 25 de septiembre del año pasado, el Juzgado Primero de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena rechazó darle ese beneficio porque la sentencia no estaba en firme, por tener un proceso de extinción de dominio activo vinculado a la sustracción de fondos de la Presidencia de la República y porque el delito de lavado de dinero prohíbe beneficios penitenciarios.

En un habeas corpus que Julio Rank presentó el 25 de noviembre del año pasado, la Sala de lo Constitucional destaca que “la libertad condicional y otras figuras, son formas de cumplimiento de la pena, pues el condenado sigue sujeto al control y a la vigilancia de las autoridades encargadas de su ejecución y continúa afectado por intensas limitaciones sobre sus derechos fundamentales”.

Se agrega, que es inconstitucional prohibir de manera anticipada beneficios penitenciarios bajo los argumentos de que el delito por el cual se condenó no lo permite, “en efecto, en la inmensa mayoría de precedentes de esta sala se ha integrado la función de readaptación de la pena en relación con la dignidad humana”.

 

Esto dijo la Sala de lo Constitucional en el hábeas corpus a favor del exsecretario de Comunicaciones de la Presidencia, Julio Rank, en la administración de Elías Antonio Saca.