A los 15 juzgados de paz de San Salvador ingresaron un promedio mensual de 11 casos de expresiones de violencia contras las mujeres, entre enero y julio de 2018, según consta en los libros de entrada de expedientes.


Muchos de estos casos se procesaron de diferentes formas; algunos fueron enviados al Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, según la ley especial.


Pero hay casos que fueron conocidos en los juzgados comunes y llegaron hasta los tribunales de sentencia donde se realizaron juicios, con sentencias condenatorias y absolutorias.


El último caso que llegó hasta la última etapa procesal fue contra un sargento de la Policía Nacional Civil (PNC), quien fue condenado por el Tribunal Tercero de Sentencia en un proceso que por orden de una cámara se instaló en dos ocasiones, en la primera vista pública fue condenado a siete salarios mínimos y $500 de responsabilidad civil.


Pero en el segundo juicio la multa se redujo a 20 días de salario y se incrementó a $920 la responsabilidad civil y a diferencia del primer juicio lo condenaron a una pena accesoria de pérdidas de sus derechos.



Según los registros oficiales, entre el 1 de enero y 25 de julio de este año, la oficina fiscal de San Salvador acusó a 79 imputados por expresiones de violencia contra las mujeres por diversas conductas mostradas y que señala el artículo 55 de la Ley Especial Integral para una vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV).


Las conductas más comunes atribuidas a los imputados tienen que ver con burlarse, desacreditar, degradar o aislar a las mujeres dentro de sus ámbitos de trabajo, educativo, comunitario, espacios de participación política o ciudadana, además de la utilización de expresiones verbales que las han afectado y les han causado secuelas emocionales, ya que cuando la Fiscalía ha ordenado peritajes psicológicos para presentarlos como prueba, los especialistas han concluido que las víctimas han presentado, entre otros aspectos, un estado de ansiedad.


Muchos de los procesos iniciados y que en su mayoría fueron enviados al Juzgado Especializado de Instrucción de la Mujer están en la fase de instrucción, a espera de la audiencia preliminar donde se determinará si pasan a vista pública o son sobreseídos.


Este delito, según la LEIV, no es castigado con prisión, la pena es una multa de salarios mínimos que los jueces imponen según su criterio; algunos juzgados incluso los condenan a una pena accesoria de pérdida de sus derechos de ciudadano.


A finales de julio, Ormusa criticó que los delitos cometidos contra mujeres tienen un castigo leve y poco ejemplarizante y señaló que solo el 5% de los casos judicializados llegan a una vista pública y no todos son condenados.