El 17 de diciembre, Imelda Cortez, de 20 años de edad, fue absuelta de la acusación de intento de homicidio de un niño. El caso ha atraído mucha atención internacional y también ha producido muchos titulares aquí en El Salvador - en los medios de comunicación establecidos, pero también en las redes sociales.

En los comentarios tras la absolución, Imelda fue descrita a menudo como una defensora de la despenalización del aborto en El Salvador y se estableció un vínculo entre su caso y el debate sobre el aborto en el país. Estas conexiones cruzadas carecen de fundamento fáctico y pasan por alto la parte esencial del problema planteado por el caso Imelda y muchos otros, ya que las mujeres que sufren abortos espontáneos u otras complicaciones ginecológicas durante el parto son automáticamente sospechosas de aborto o, lo que es peor aún, de cometer homicidios de niños, por lo que son condenadas a largas penas de prisión.

Sin duda: el debate sobre la legalización de una interrupción del embarazo en El Salvador es un tema delicado con muchas facetas, desde las creencias religiosas que abogan sin concesiones por la protección incondicional de la vida del feto hasta el hacer valer el derecho de la mujer al aborto con base en los derechos humanos reproductivos y sexuales. El debate sobre estas cuestiones es difícil y no parece ofrecer una solución rápida.

Esto hace que sea aún más importante recordar que el caso Imelda y otros casos se refieren a algo muy diferente: al derecho de las mujeres acusadas a un juicio justo que cumpla con los principios fundamentales del estado de derecho. Se trata, en particular, de la presunción de inocencia, del derecho a una defensa jurídica adecuada y de la aplicación del “beneficio de la duda para el acusado” (in dubio pro reo).

Quienquiera que estudie el caso Imelda o los casos de las 17 mujeres+, condenadas por presunto homicidio de niños se encontrará rápidamente con muchas contradicciones en las descripciones de los casos y, en parte, con graves deficiencias en la obtención y en la evaluación de las pruebas, lo que demuestra que el derecho humano a un juicio justo no funciona.

En el caso Imelda, el juez competente lo reconoció y en consecuencia absolvió a Imelda. Por lo tanto, la absolución no es una victoria para quienes abogan por la legalización parcial de una interrupción del embarazo, sino una victoria para el estado de derecho salvadoreño y una victoria para los derechos humanos judiciales fundamentales. Asegurar que los principios fundamentales del estado de derecho, como la presunción de inocencia o la aplicación del principio “in dubio pro reo”, se apliquen en El Salvador debe ser una preocupación central para todos nosotros, ya seamos opositores o defensores del aborto. Por consiguiente, todos debemos ser cautelosos con las acusaciones y estigmatizaciones prematuras.

En lugar de reaccionar con discursos de odio ante la absolución de Imelda, deberíamos estar agradecidos de que hayan prevalecido los principios fundamentales del estado de derecho.