El magistrado de la Sala de lo Constitucional, Aldo Cáder Camillot, renunció este domingo a su cargo frente al máximo tribunal salvadoreño. /Foto: Archivo DEM.


El magistrado de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Aldo Cáder Camillot, renunció este domingo a su cargo como magistrado propietario del máximo tribunal de justicia en El Salvador, solo horas después que la Asamblea Legislativa aprobó un decreto de destitución contra la Sala.

A través de un comunicado publicado en su cuenta de Twitter, Cáder Camillot, renunció "irrevocablemente" a ser el primer vocal de la Sala de lo Constitucional. Esto, después que el bloque oficialista en la Asamblea aprobara la destitución de la Sala argumentando que responde a intereses de partidos políticos e invadió las funciones del Ejecutivo.
En virtud de lo anterior, aunado a razones personales y familiares diversas, he tomado la decisión de RENUNCIAR IRREVOCABLEMENTE (a) mi cargo de Magistrado Propietario de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para el período 2018-2027, con efectos a partir de esta fecha". Aldo Cáder Camillot, magistrado de la Sala.

La renuncia de Cáder, indicó, responde a esta destitución y a "razones personales y familiares diversas" que no detalló.

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En el comunicado, el magistrado asegura asegura que "jamás ha estado vinculado, ni ha respondido nunca a intereses de ningún partido político ni de ningún poder económico o de cualquier otra naturaleza”.

En su primera plenaria ordinaria, la bancada cyan de la Asamblea promovió la destitución diciendo que "los actuales magistrados de la Sala de lo Constitucional actuaron contra la Constitución, poniendo en primer lugar intereses particulares por sobre la salud y la vida de toda la población".

Al respecto, Cáder afirmó que "todas mis decisiones como juez constitucional han sido emitidas conforme a mi criterio jurídico en respeto a la Constitución".

Según la Carta Maga salvadoreña, los magistrados de la CSJ y otros funcionarios públicos pueden ser destituidos por la Asamblea Legislativa por causas específicas, previamente establecidas por la ley. Sin embargo, de acuerdo a expertos constitucionalistas, nunca se creó una ley secundaria específica para dicho apartado.