La ley indica que la Administración Pública no podrá exigir documentos emitidos por la institución que los solicita o requisitos relativos a información que dicha institución posea o deba poseer; tampoco podrá exigir documentos ya proporcionados o que estén en registros públicos accesibles a la entidad pública.
El uso de tecnologías de información por las instituciones públicas, la creación de unidades para evitar incorrecciones en las solicitudes, la posibilidad de crear ventanillas únicas para los trámites que involucren a varias instituciones y la remisión del trámite de una entidad incompetente a la competente, son algunas de las disposiciones de la ley.
También regula el derecho a la indemnización por parte de la Administración Pública, y la responsabilidad penal y civil del personal público, la terminación del proceso por silencio administrativo positivo o negativo.
La ley también regula plazos de solicitudes de procedimientos y también norma la potestad sancionadora de la Administración Pública.
En un procedimiento sancionatorio, el presunto infractor tiene derecho a no declarar contra sí mismo y a ser informado de los términos de la imputación.
También señala que serán “punibles” únicamente las infracciones consumadas y no “la conspiración, la proposición, ni la provocación para cometer infracciones”. “Tampoco se sancionará la apología de la infracción”, reza el artículo 141 de la ley.
La normativa también prohíbe que se sancionen hechos ya sancionados penal o administrativamente.
La nueva normativa recibió el apoyo de todos los partidos políticos. Un diputado del FMLN señaló que la normativa quita obstáculos que en los procedimientos eran establecidos por funcionarios.
La Ley de Procedimientos establece plazos, quita requisitos y regula procesos de sanción.
Quita requisitos innecesarios
Ninguna institución podrá exigir documentos proporcionados o de uso común que obren en registros públicos o información que posee la entidad que lo solicita.
Derecho a ser indemnizados
Los ciudadanos tienen derecho a ser indemnizados por la Administración Pública o por los servidores públicos por lesión a sus bienes o a sus derechos.
Regulación de plazos máximos
La Administración Pública estará obligada a resolver procedimientos en nueve meses luego de su inicio. En solicitudes sin más trámite, el plazo máximo es 20 días.