Diputados de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa aprobaron este lunes el dictamen favorable de la Ley de Dominio Eminente de Inmuebles para Obras Municipales e Institucionales.

Según el artículo 1, el objetivo es establecer el procedimiento que la Dirección Nacional de Obras Municipales (DOM) deberá seguir “en aquellos casos en que no se haya podido adquirir por contratación directa con los propietarios o poseedores los terrenos que necesitare”.

La Ley de Creación de la DOM, aprobada la semana pasada, autoriza a la Dirección a ejecutar el artículo 106 de la Constitución, que trata sobre las expropiaciones.

Esta normativa junto a la Ley Simplificada para las Adquisiciones de Obras Municipales forman parte de la reforma que el Gobierno promueve para la programación de las obras municipales en los 262 municipios del país.

 

Artículo 106.


El artícuo 106 de la Constitución permite al Estado adquirir inmuebles que se consideren de “interés social o utilidad pública” para la ejecución de proyectos; sin embargo, con esta ley, se establecerá un procedimiento legal para hacer uso de los terrenos con solo iniciar la demanda de expropiación, a cambio de una indemnización.

La diputada de Nuevas Ideas Evelyn Merlos aseguró que la “ley se aplicará cuando las obras que se realicen sean urgentes, prioritarias y de beneficio público para las municipalidades”.