La Sala de lo Constitucional tuvo por no cumplida la sentencia en la que declaró inconstitucional la Ley General de Amnistía General porque advierte que la Asamblea Legislativa no ha promulgado una nueva ley de reconciliación nacional y de asistencia a víctimas que tenga en cuenta sus derechos” y la memoria histórica, a dos años de su sentencia.

La Sala obliga a la Asamblea Legislativa a emitir esa ley a más tardar el 13 de julio de 2019, como fecha impostergable, y le dice que deberá consultar a las víctimas del conflicto armado, asociaciones que las representan y otros sectores de la sociedad interesados.

La Sala de lo Constitucional considera incumplida la sentencia por el Órgano Ejecutivo, porque aún no ha promovido un proyecto de ley que tenga medidas de reconocimiento y reparación a víctimas del conflicto armado y de reconocimiento de la verdad histórica.

A ello agrega que la Presidencia tampoco ha generado un programa de reparación a víctimas “más allá de esfuerzos aislados derivados de compromisos internacionales del Estado salvadoreño” y que tampoco ha incorporado alguna partida presupuestaria.

Por parte de la Fiscalía General creen que hay un cumplimiento parcial, porque ha abierto procesos por delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, pero sugieren aumentar la cantidad de fiscales y recursos materiales.

En la sentencia, ordenan al Ministerio de Defensa, al Presidente de la República en su calidad de comandante de la Fuerza Armada y su Alto Mando que desarrollen instructivos para proteger la documentación e información y elimine los obstáculos al acceso de ésta por las víctimas.

 

Estándar internacional

En la sentencia, se obliga a cumplir estándares internacionales: el derecho a la reparación en cuanto a reparar el daño, que no se agota a indemnizaciones pecunarias o económicas, sino también reconocer a las víctimas como titulares de derechos fundamentales.

La Sala de lo Constitucional declaró, el 13 de julio de 2016, inconstitucional la Ley General de Amnistía General aprobada el 20 de marzo de 1993, porque cubría delitos de lesa humanidad, por ser contrario al derecho de acceso a la justicia. En la sentencia cobró vigencia la Ley de Reconciliación Nacional de 1992.