La Sala de lo Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad y analizará si es constitucional o no el requisito para los salvadoreños en el exterior de inscribirse en un padrón electoral especial para poder votar.

La Sala evaluará si esta exigencia es una mera regulación o una limitación al derecho al voto y, si es una limitación, es una medida desproporcionada y por tanto implica una violación al derecho a la igualdad.

El estudio se realizará a los artículos 4 y 5 de la Ley Especial para el Ejercicio del Voto desde el Exterior en las Elecciones Presidenciales, que indican que “para votar desde el exterior... se requiere estar inscrito en el registro electoral y en el padrón electoral de residentes en el exterior”; y que para ejercer el voto desde el exterior “deberán manifestar su voluntad inequívoca de ser incluidos en el padrón electoral” en un formulario.

La admisión fue firmada, el 8 de junio, por los magistrados Florentín Meléndez, Belar­mino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González Bonilla. El argumento de los demandantes, Salvador Sanabria, Ramón Villalta y Eduardo Escobar, fue que se viola el derecho a la igualdad porque implica un trato di­ferenciado entre los ciudadanos que tienen su domicilio en el exterior y aquellos que tienen su domicilio en te­rritorio salvadoreño.

Un salvadoreño residente en El Salvador es automáticamente incluido en el padrón electoral cuando emite el Documento Único de Identidad (DUI).

Sin embargo, el TSE pide una inscripción adicional a los salvadoreños en el exterior, que utiliza para conocer los datos exactos de los salvadoreños que requerirán paque­tes con sus respectiva papeleta de votación.