Acción Ciudadana pide a partidos, gobierno, funcionarios y TSE respetar reglas de la campaña 2024
Martes 03, Octubre 2023 - 9:31 AM
Exhorta a partidos a campaña propositiva y a revelar sus fuentes de financiamiento como se los exige la Ley de Partidos Políticos, y pide al gobierno no usar recursos estatales ni prevalecerse de sus cargos, como se los exige el Código Electoral. Así mismo, pide al TSE entregar certificaciones de votos a partidos.
La organización Acción Ciudadana (AC), que da seguimiento a los partidos políticos en El Salvador, exhortó este martes a los candidatos contendientes, al Tribunal Supremo Electoral (TSE), al gobierno y sus funcionarios, a cumplir la legislación nacional sobre la campaña electoral 2024.
La organización pidió a los partidos y también a los candidatos realizar campañas propositivas y revelar sus fuentes de financiamiento de la campaña.
Así mismo, al gobierno y a sus funcionarios, la AC pidió no usar recursos estatales para beneficiar a un partido o su candidatura, ni prevalecerse de sus cargos para hacer política partidista.
En tercer lugar, exigió al TSE emitir la certificación de los resultados electorales "sin mayor dilación" ya que los partidos políticos tienen derecho a solicitar el anticipo de la deuda política luego de la convocatoria a elecciones pero requieren la certificación de los votos que tuvieron en la elección correspondiente anterior, ya sea de 2019 si es presidencial o de 2021 si es legislativa o municipal.
"El gobierno debe cumplir su obligación de pagar el anticipo de deuda política al que los partidos tienen derecho sin ningún tipo de retraso", afirmó la AC en un comunicado.
El presidente del Consejo Ejecutivo Nacional (Coena), Carlos García Saade, aseguró esta mañana a Diario El Mundo que el TSE no les ha entregado tal certificación de votos y que, por ello, no han podido solicitar el anticipo de la deuda política.
Según la Ley de Partidos Políticos, el anticipo al que tienen derecho los partidos o coaliciones contendientes, así como la cuantía que se pagará por los votos, se determinará en la fecha de la convocatoria de elecciones. Según el artículo 55, puede solicitarse desde el día siguiente a la convocatoria de elecciones y se hará efectivo a más tardar a los tres días siguientes de la presentación de la solicitud respectiva.