Distribuidores privados de agua de consumo no podrán hacer cobros adicionales al costo
Lunes 14, Agosto 2023 - 3:35 AM
Nuevos lineamientos de la ASA prohíben que proveedores privados de agua en colonias o comunidades hagan cobros adicionales al usuario final, además del canon que pagarán a la ASA y sus costos de operación.
Las personas naturales o jurídicas que distribuyan, suministren y abastezcan agua en residenciales o asentamientos urbanos y rurales para consumo humano y uso doméstico no podrán hacer cobros adicionales al usuario que no sean costos de operación o el canon a la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA).
Esta es una de las 16 nuevas obligaciones para los proveedores en los "Lineamientos de transparencia en el canon por uso y aprovechamiento del recurso hídrico en beneficio del usuario final de las operadoras de sistema de distribución de agua de consumo humano y doméstico” vigentes desde el 12 de julio, fecha en que fueron publicados en el Diario Oficial.
Así, los distribuidores no podrán cobrar más de lo que la ASA les cobra por el uso o aprovechamiento del agua y sus costos operacionales.
La ASA cobrará un canon multiplicando la cantidad de agua por el precio base de $0.20 por metro cúbico y un coeficiente (un número).
De acuerdo al reglamento de cánones, el coeficiente es 0 para las juntas de agua, pero los lineamientos indican que estas "personas naturales o jurídicas” que provean agua en "residenciales o asentamientos humanos” para consumo humano y uso doméstico tendrán un coeficiente 4 equivalente 0.2. Ello sucede porque los lineamientos les aplican la categoría "Suministro de agua por medio de instituciones autónomas, gubernamentales y no gubernamentales, centralizadas y centralizadas”.
La integrante de la Alianza contra la Privatización del Agua, Amalia López, cree que los lineamientos emitidos por la ASA quebrarán las juntas de agua, y sugiere que la ASA les ayude a optimizar sus sistemas administrativos, técnicos y financieros.