Estos seis funcionarios tránsfugas solicitaron inscribirse como candidatos a alcaldes: Observa El Salvador 2024

Jueves 01, Febrero 2024 - 6:38 PM
El consorcio Observa El Salvador presentó hoy un análisis de las elecciones de 2024. / Emerson del Cid.

El consorcio Observa El Salvador detectó cinco de casos de transfuguismo en Fuerza Solidaria y uno en el Partido de Concertación Nacional (PCN).

El consorcio Observa El Salvador recopiló seis casos de funcionarios tránsfugas que, siendo electos por un partido político, solicitaron inscribirse como candidatos a alcaldes con otro partido político, para las elecciones del próximo del 3 de marzo. Los casos detectados corresponden a los municipios de San Salvador Oeste, Ahuachapán Sur, La Unión Sur, Usulután Oeste, Usulután Norte y La Libertad Centro. 1. En San Salvador Oeste, el actual concejal de Apopa por Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana) desde 2021, Bayron Martínez, solicitó inscribirse como candidato a alcalde por Fuerza Solidaria. 2. En Ahuachapán Sur, el alcalde de Jujutla por Alianza Republicana Nacionalista (Arena), Víctor Manuel Rodríguez, solicitó inscribirse como candidato por Fuerza Solidaria. 3. En La Unión Sur, el concejal de La Unión por Arena Ezequiel Milla solicitó inscribirse como candidato a alcalde por el Partido de Concertación Nacional (PCN). 4. En Usulután Oeste, el síndico de Jiquilisco por Gana, Javier Flores, solicitó inscribirse como candidato municipal por Fuerza Solidaria. 5. En Usulután Norte, el regidor de Santiago de María por Gana, Roberto Edmundo González, pidió inscribirse como candidato a alcalde por Fuerza Solidaria. 6. En La Libertad Centro, el regidor de Nuevas Ideas, quien no fue identificado, también solicitó ser candidato a alcalde de Fuerza Solidaria. El consorcio reprochó que, hasta el momento, el TSE no ha iniciado los procesos sancionatorios que ordena el Código Electoral para quienes cometen transfuguismo. El transfuguismo es prohibido para los funcionarios electos popularmente con una bandera política determinada debido a una sentencia de la Sala de lo Constitucional y la posterior reforma al Código Electoral. La sanción por transgredir esta disposición es una multa de 12 salarios o dietas mensuales y quedar "inhabilitado para postularse” a cargos de elección popular "en el siguiente período”.