Producción de mascarillas en Bangkok. Foto: AFP.


Un proyecto de decreto presentado este jueves a la Asamblea Legislativa intenta obligar a todos los habitantes al uso adecuado de mascarillas, guardar distanciamiento social y a lavarse las manos de forma regular.

El decreto impondría medidas en los lugares de trabajo a través de los programas de gestión de riesgos ocupacionales, que existen por Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo.

“Será obligatorio proporcionar a todo el personal mascarillas, las cuales deberán ser desechadas de forma periódica tomando en consideración la calidad y especificaciones de las mismas”, sugiere el proyecto de ley.

La ley obliga a que en los lugares de trabajo se obligue el lavado de manos frecuente y exhaustivo durante al menos 20 segundos, uso de mascarilla permanente, prohibir prestar artículos personales.

La normativa también ordena recomendar a los trabajadores que no asistan si tienen al menos uno de los síntomas de COVID-19.

El proyecto fue propuesto por el diputado Carlos Reyes y fue bien visto por el diputado Mario Ponce, presidente de la Asamblea Legislativa. Pasó a estudio de la Comisión de Salud de la Asamblea.

Una venta de comida en el Centro Histórico de San Salvador. Foto: Diego García.


El proyecto ordena estas medidas:

-Reducir interacciones entre trabajadores, contratistas, clientes y visitantes.

-Programar ingresos y salidas escalonadas.

-Organizar el trabajo con distancia mínima de dos metros entre las personas.

-Instalación de mamparas sanitarias, cabinas, cubículos, uso de lentes, mascarillas o caretas.

-Reducir actividades laborales presenciales, usando llamadas, correos y reuniones virtuales.

-Que el empleador provea de desinfectante para manos, productos sanitarios y lugares para lavarse las manos con agua y jabón.

-Promover cultura de limpieza.

-Programas de formación, divusión y promoción para las medidas de prevención.

-Modalidad de trabajo en casa.

-El empleador deberá evaluar la necesidad del trabajo de campo de los trabajadores, no exponerlos en el territorio nacional innecesariamente, deberán brindar medidas e insumos necesarios para su protección.