La ANEP manifestó que los artículos 75, 88, 131, 152, 154 y 248 de la Constitución de la República prohíben expresamente la reelección presidencial inmediata, y exhortó a “respetar las leyes de la república”. “Respetando la Constitución y las leyes es lo que debemos a las futuras generaciones”, indica el pronunciamiento. La Camarasal emitió un comunicado con el mismo mensaje.
ANEP está conformada por 50 gremiales que presentan a 15,000 empresas formales en El Salvador; y la Camarasal, que forma parte de la la ANEP, tiene aproximadamente 2,100 socios.
El presidente anunció su decisión de lanzarse nuevamente como candidato presidencial para gobernar durante el periodo 2024-2029 en su mensaje del 15 de septiembre de 2022. La reelección presidencial inmediata es considerada por organizaciones, abogados y opositores como prohibida por la Constitución.
El artículo 248 de la Constitución indica que la alternabilidad presidencial no puede reformarse, pero la Sala de lo Constitucional habilitó la posibilidad de la búsqueda de la reelección presidencial inmediata en una resolución del 3 de septiembre de 2021. El fallo se basó en el artículo 152 de la Constitución, que es interpretado como una prohibición a la reelección alternada, es decir, al presidente que quiera reelegirse luego de haber esperado cinco años.