Con 58 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este martes un decreto que condona intereses moratorios y recargos por el pago de los servicios a la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA), reprograma planes de pago ya activos o incluso que perdona saldos a las cuentas de viviendas que estaban usurpadas por la delincuencia.

La condonación de intereses y recargos estará vigente desde la publicación del decreto en el Diario Oficial hasta el 30 de diciembre de 2024 según el artículo 19 del decreto.

La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, votó "abstención" y los legisladores de Alianza Republicana Nacionalista (Arena) votaron a favor del decreto.

Borrasaldo

El "Decreto transitorio para la condonación de intereses e incumplimientos por impago en los servicios de acueducto y alcantarillado, y otorgamiento de beneficios para usuarios en territorios recuperados bajo el Plan Control Territorial" hace un "borrasaldo" total a las cuentas de las viviendas de "sectores considerados como zonas de alto riesgo" y que "fueron recuperados" por el "Plan Control Territorial" o de viviendas o servicios usurpados. En este caso, se exonera el pago por reconexión.

Deberán probar la usurpación con la "denuncia ante la autoridad competente" o "declaración jurada ante notario".

Las zonas de alto riesgo podrán ser validadas por la ANDA por medio de "códigos de no lectura" en zonas en donde ANDA no tenía acceso.

Planes de pago: 12 cuotas

En los casos morosos en viviendas que no estaban en zonas de riesgo, deberán pagar las deudas sin intereses ni recargos, para lo cual la ANDA podrá otorgar planes de hasta un máximo de 12 cuotas mensuales consecutivas "incluyendo una prima inicial equivalente al 10 % de la deuda" según el artículo 4 del decreto.

Si el plan se incumple, ANDA podrá exigir el pago del saldo total de la deuda.

Reconexión y medidor

En estos casos, los usuarios también deberán cancelar el cargo por reconexión del servicio y adquirir un nuevo medidor. "Es obligatorio instalar un nuevo medidor que podrá ser provisto por la ANDA conforme a lo regulado en el pliego tarifario vigente", indica el artículo 6, sobre los usuarios cuyas cuentas se encuentren suspendidas o desconectadas.

Si ANDA no tiene medidores disponibles, "el usuario deberá proporcionarlo" y este deberá cumplir "todos los lineamientos técnicos y de calidad que la institución establece", pero en este caso aplicará "únicamente el costo por instalación", de acuerdo con el mismo artículo.

Depuración de cuentas

El decreto permite a la ANDA depurar las cuentas registradas que no tengan servicio y que tengan facturas erróneas "por cambio de catastro no registrado".