El decreto exceptúa del asueto remunerado a los empleados del sector privado “que tengan la posibilidad de desarrollar sus funciones a través del teletrabajo”. Esto quiere decir que el asueto remunerado aplicará "únicamente para los empleados que no tengan la posibilidad de laborar en la modalidad de teletrabajo”.
Tampoco gozarán de asueto empleados considerados necesarios por los titulares de las instituciones públicas y los que a discreción del ministro de Hacienda sean necesarios para cumplir obligaciones fiscales.
Así mismo, no gozarán de asueto con goce de sueldo empleados que laboren en instituciones como Cuerpo de Bomberos, Medicina Legal, hospitales públicos y privados, Migración, alcaldías, Protección Civil y Gobernación.
El diputado Raúl Chamagua, de Nuevas Ideas, pidió la dispensa de trámite de la iniciativa del presidente Nayib Bukele enviada por medio del ministro de Gobernación, Juan Carlos Bidegaín.
El decreto de “Disposiciones especiales concediendo licencia remunerada a los empleados de la administración pública y municipal, y a los del sector privado y docente” fue aprobado con 59 votos. Los tres diputados de oposición, de Arena y Vamos, votaron a favor.
El asueto se debe al impacto que puedan causar las lluvias que días atrás han sido provocadas por una zona de convergencia intertropical –que se encontraba frente a la costa salvadoreña– y un campo depresionario sobre Centroamérica. El sistema de baja presión que afecta el sur del Golfo de México, y que tiene efectos en El Salvador, Guatemala y Honduras, fue reclasificado la tarde de este lunes, a potencial –con un 80 % de probabilidad– a ciclón tropical uno por el Centro Nacional de Huracanes (NHC, en inglés) de Miami, Florida.
¿Cuáles son las excepciones del asueto remunerado para el 18 de junio por las lluvias?
- Empleados del sector de salud pública y privada.
- Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
- Fuerza Armada de El Salvador (FAES).
- Policía Nacional Civil (PNC).
- Dirección General de Migración.
- Gobernación.
- Cuerpo de Bomberos.
- Dirección Nacional de Protección Civil.
- Instituto de Medicina Legal (IML).
- Alcaldías, incluso Desechos Sólidos y Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM).
- Empleados considerados necesarios por los titulares de las instituciones y del Ministerio de Hacienda.
- Empleados del sector privado que puedan desarrollar teletrabajo o "home office".