La Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa aprobó el jueves una nueva Ley especial contra el lavado de activos que permite que los sujetos obligados puedan aplicar medidas “simplificadas, estándar o intensificadas” para la identificación de los clientes y el origen de sus fondos.

La normativa fue recibida por el pleno legislativo el 20 de diciembre y su dictamen favorable fue aprobado un día después en la Comisión de Seguridad y Combate a la Narcoactividad.

El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, aseguró que la nueva normativa está consultada con todos los sectores. Tanto el ministro como el fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, argumentaron que la nueva ley respetará la inclusión financiera.

El nombre de la normativa cambiará de Ley contra el lavado de dinero y de activos, que será derogada, a “Ley especial para la prevención, control y sanción del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”. El decreto será aprobado en la sesión plenaria del próximo año.

Ya no tenemos que consentir arbitrariedades en las cuales a una persona, sin haber sido oída y vencida en juicio, se le cancelaban arbitrariamente las cuentas”.
Rodolfo Delgado, Fiscal General de la República

Inclusión financiera.

El ministro de Justicia y Seguridad aseguró que antes no había inclusión financiera en el país. “Si hubiera habido inclusión financiera, ¿qué necesidad hubieran tenido de crear un decreto para beneficiar a los hermanos salvadoreños que están en el exterior?, ¿y por qué lo hicieron?, porque en este país no había inclusión financiera, lo que había era exclusión financiera”, criticó. Aseguró que El Salvador puede estar “en estándares internacionales” con inclusión financiera, la cual, dijo, debería ser un derecho fundamental.

“Puedo que mi dinero sea malo, pero es una obligación del banco darte seguimiento, no excluirte a prima facie (primera vista)”, observó.

El fiscal también argumentó que fortalecerán la inclusión financiera aplicando “la debida diligencia” simplificadas “a personas de baja tributación”.

“No tenemos que consentir aquellas arbitrariedades en las cuales a una persona, sin haber sido oída y vencida en juicio, simplemente se le cancelaban arbitrariamente las cuentas”, dijo.

Venir a tener un cumplimiento internacional de primer mundo pero además a destruir esa política de exclusión financiera que por años estuvo reinando en este país”.
Gustavo Villatoro, ministro de Justicia y Seguridad

Sociedades mercantiles.

Los funcionarios argumentaron que ley obligaba a toda persona natural o jurídica a tener oficiales de cumplimiento. “Toda esta carga administrativa que hoy por hoy están sufriendo las diferentes sociedades mercantiles, asociaciones y fundaciones sin fines de lucro al final de cuentas se ha convertirlo en un lastre para el desarrollo de la economía salvadoreña”, dijo el fiscal general.

Los diputados aprobaron el dictamen junto a reformas a la Ley especial contra actos de terrorismo y al Código Procesal Penal sobre extradición.

La nueva ley de lavado

El proyecto divulgado la noche de la sesión plenaria del miércoles fue aprobada en Comisión de Seguridad la tarde del jueves.
  • Quitan y agregan obligados
Quitan a importadores o exportadores agropecuarios, inversionistas e instituciones privadas, sociedades mercantiles y de economía mixta de los sujetos obligados a reportar transacciones. Agregan como sujetos obligados proveedores de servicios de activos virtuales y digitales y personas dedicadas a la logística y transporte de mercaderías.
  • Comisión de activos digitales
La Comisión Nacional de Activos Digitales es incluida entre los organismos de supervisión, fiscalización y vigilancia de sujetos obligados. Esta supervisará a los sujetos obligados mencionados en el artículo 6 numeral 12 en actividades descritas en la Ley de emisión de activos digitales.
  • Diligencia simplificada
En el artículo 13, permite que los sujetos obligado puedan aplicar a clientes y usuarios “medidas de debida diligencia simplificadas, estándar o intensificadas, orientadas a la identificación del cliente y el origen de los fondos”. La diligencia simplificada se aplica a clientes con riesgo bajo incluyendo personas exentas de Impuesto sobre la Renta, aunque verificarán identidad.
  • Personas expuestas políticamente
Además de funcionarios públicos, se incluyen: representantes diplomáticos, directores de sociedades con activos estatales, miembros del organismo de dirección de partidos políticos, incluyendo el tesorero. También extranjeros, como jefes de gobierno y funcionarios, o personas con funciones prominentes en organización internacional.
  • Sanciones a los sujetos obligados
La ley crea infracciones como no aplicar medidas de debida diligencia a clientes, omitir reportes de operaciones sospechosas, no congelar fondos a grupos designados. Las sanciones serán hasta 2 % de patrimonio por infracciones muy graves y hasta 200 salarios mínimos mensuales a otras jefaturas o empleados; y 1 % por infracciones graves.