La ministra de Economía, María Luisa Hayem, pidió a la Asamblea Legislativa que apruebe la “Ley para el fomento de entidades fintech y regulación de servicios financieros digitales” para regular los negocios vinculados a plataformas digitales para pagos, crowdfunding o préstamos.

El proyecto, entregado el lunes por el Ejecutivo al Legislativo, propone una exención de cinco años del Impuesto sobre la Renta para las “Entidades Fintech” que se constituyan después de iniciar la vigencia de la ley.

Las “Entidades Fintech” deberán tener autorización de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) y solo las que ofrecen servicio de pagos en plataformas digitales deberán ser autorizadas por el Banco Central de Reserva (BCR). Al solicitar la autorización, detallarán accionistas, organigrama y manual de cumplimiento de lavado de dinero y activos, entre otros.

Entiendo que no estaban reguladas justamente por la novedad de los servicios financieros digitales. Me parece muy importante incluirlos dentro del perímetro regulatorio de la SSF.
Carlos Acevedo, presidente del BCR.


Doce meses para legalizarse

Las Entidades Fintech que ya provean servicios digitales como pagos, financiamiento alternativo o crowdfunding tendrán 12 meses, después de emitida la norma técnica, para conformarse como Entidad Fintech. Será prohibido, si se aprueba la ley, que ofrezcan servicios sin la autorización.

Sin embargo, según el proyecto, el BCR tendría 90 días para emitir las normas técnicas.

La normativa otorgaría 60 días prorrogables por el mismo periodo para presentar a la SSF o al BCR un “plan de adecuación”; si no lo presenta no podrá continuar dando los servicios.

La ley crearía el Consejo de Innovación Financiera (CIF) que promovería la alfabetización financiera digital en la población, en identidad digital, privacidad de datos, ciberseguridad, entre otros; y una Oficina de Innovación Financiera (OIF), conformada por personal técnico de la SSF y el BCR y que tendría un repositorio de las Entidades Fintech autorizadas. Tanto el CIF como la OIF tendrían 90 días máximo para poder instalarse.

Captación de fondos por "crowdfunding"

Para un financiamiento alternativo o "crowdfunding", el proyecto legalizaría estas captaciones de fondos siempre que sean realizadas bajo dicha normativa. En estos casos, las Entidades Fintech deberán expedir un reglamento de crowfunding con criterios de admisión, características de los proyectos y las condiciones financieras.

Según el proyecto, los fondos captados mediante crowdfunding no podrán ser usados para fusión o adquisición de acciones de otras sociedades ni créditos.

Las Entidades Fintech no deberán prestar asesoría directamente con los proyectos productivos que se financien a través de la entidad a través de crowdfundings.

Un informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) registra 27 emprendimientos Fintech o bajo el modelo de tecnofinanzas en El Salvador, un aumento del 93 % respecto a los 14 reportados en 2022.


El proyecto de ley Fintech en síntesis
  • Entidades Fintech: las que diseñan, elaboran o gestionan productos o servicios financieros digitales mediante el uso de tecnologías.
  • Regulación: de las plataformas de pagos digitales, el crowdfunding y los préstamos mediante plataformas digitales.
  • Autorización: las entidades de pagos en plataformas digitales deberán solicitar autorización al BCR y respaldar en un 100 % el saldo de sus registros digitales en dólares en una cuenta de depósito no remunerado en el BCR. El resto deberá solicitar autorizaciones a la SSF.
  • Exención: la ley otorgaría cinco años de exención de Impuesto sobre la Renta luego de autorizada únicamente las nuevas Entidades Fintech o las entidades que tengan menos de cinco años.