La nueva propuesta de reforma de tránsito del Gobierno, conocida públicamente esta semana, permitirá que el Viceministerio de Transporte (VMT) detecte y ponga multas con la ayuda de dispositivos tecnológicos o cámaras que capten infracciones de tránsito y conductas peligrosas en todas las calles de El Salvador.

La reforma se haría al artículo 116 de la ley y será un proceso conocido popularmente como “fotomultas” aunque la propuesta no lo establece bajo ese término.

Según la propuesta, que será estudiada por los diputados en los próximos días, las cámaras serán operadas por personal autorizado por el VMT para el uso de los equipos y también para la imposición de las multas.

Este personal autorizado por el VMT podrá no solo revisar y validar las faltas detectadas en dichos sistemas, sino también “aplicar” las sanciones de acuerdo a esas detecciones.

Para detectar dichas infracciones, el Gobierno ha solicitado que se incluya en la actual Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial el uso “cámaras colocadas en puntos estratégicos u otra tecnología” para que se haga constar las infracciones en fotografías y videos que muestren “claramente el sitio en que ocurrió la infracción, el vehículo en cuestión, el número de placa, la hora y la fecha”.

Sin embargo, la sanción de multa podrá ser impuesta a la licencia de conducir solo si en esa imagen se puede identificar al conductor; de lo contrario, será cargada a la tarjeta de circulación.

Luego de que una persona sea captada cometiendo una infracción, le deberá ser notificada en un máximo de “un mes”.

El interesado, si está inconforme, podrá “comparecer” ante la Unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga, dentro de cinco días subsiguientes a la notificación. En la propuesta de reforma, se menciona la posibilidad de presentar un escrito con los requisitos del "procedimiento administrativo sancionador simplificado".

Este procedimiento “simplificado” está en la Ley de Procedimientos Administrativos y permite que el supuesto infractor tenga un periodo de cinco días para presentar alegaciones, documentos o pruebas. Después, la entidad resuelve en un plazo de 15 días. La resolución no admite ningún recurso y queda habilitada únicamente solo una demanda en instancia contenciosa administrativa.

En todo caso, la multa será cargada a la licencia de conducir si es posible identificar al infractor y la infracción cometida pero, si únicamente se puede ver la infracción, "la sanción se aplicará a la tarjeta de circulación del vehículo”.