La nueva "Ley especial de recolección, aprovechamiento y disposición final de residuos", aprobada en la sesión plenaria del 20 de diciembre por la Asamblea Legislativa, permite multar a las personas que boten basura en lugares públicos o que no sigan instrucciones de reciclaje, así como a empresas que cometan infracciones, con sanciones de hasta $3.6 millones.

Las infracciones leves serán multas de $20 a $100 por infracción. Las infracciones graves tendrán multas de 101 a 1,000 salarios mínimos mensuales; y las muy graves, 1,001 a 10,000 salarios mínimos mensuales del sector comercio, es decir, $3.6 millones.

Si "algunas" infracciones, leves, graves o muy graves, son "cometidas por una niña, niño o adolescente", será "su responsable", "padre, madre, representante legal" o quien ejerza autoridad parental tenga bajo su responsabilidad el su cuidado deberá pagar la multa respectiva, según la normativa aprobada sin modificaciones.

Las sanciones a las infracciones leves serán impuestas por los agentes de la Policía Nacional Civil, Cuerpo de Agentes Metropolitanos y gestores de tráfico del Viceministerio de Transporte o inspectores de la Nueva Autoridad de Residuos Sólidos (ANDRES). El Tribunal Sancionador, que será nombrado por el presidente de la República, podrá imponer multas.

Los infractores serán incluidos en un registro de infractores por el Tribunal Sancionador.

Para constatar las infracciones podrá usarse sistemas de vigilancia, casos en los cuales se le notificará al infractor en un máximo de 30 días. El pago de las multas se podrá hacer a través de un cargo en el recibo de electricidad, pago directo u otros medios electrónicos.

El artículo 87 de la Ley de residuos permite el uso de cámaras de vigilancia para detectar infracciones e imponer multas.
El artículo 87 de la Ley de residuos permite el uso de cámaras de vigilancia para detectar infracciones e imponer multas.



Si el infractor no tiene capacidad de pagar la multa, podrá sustituirse por trabajo comunitario en clasificación de desechos sólidos o asistencia a programas de educación ambiental. La multa se sustituiría si no se cumple el trabajo.

El proyecto fue divulgado por la Asamblea Legislativa en su sitio web al final de la sesión del 17 de diciembre. Acordó su aprobación en una reunión de Comisión de Infraestructura y Desarrollo Integral realizada desde las 3:00 de la tarde del 19 de diciembre y fue aprobada en la penúltima plenaria del Congreso.

Algunas infracciones leves: MULTAS DE $20 A $100

  • Arrojar, abandonar o depositar residuos o desechos domiciliares o domésticos u orgánicos en calles, carreteras, playas, riberas de río o lagos, bosques, parques nacionales u otras áreas no autorizadas.
  • No realizar directrices de reciclaje y separación de residuos que indique la ley.
  • No usar depósitos adecuados a los tipos de residuos.
  • Almacenar residuos fuera de los contenedores adecuados.
  • No separar residuos no peligrosos en sus diferentes categorías.
  • No vaciar los contenedores cuando están llenos o permitir que se acumulen en la calle.

Algunas infracciones graves: MULTAS DE $36,865 A $365,000
  • Arrojar, abandonar o depositar residuos o desechos sólidos comerciales o comunes de manejo especial en calles, playas, parques o áreas no autorizados.
  • Incumplir normas de residuos peligrosos.
  • Mezclar residuos peligrosos con otros residuos.

Algunas infracciones muy graves: MULTAS DE $365,365 A $3,650,000
  • Arrojar, abandonar o descargar residuos industriales, tóxicos o peligrosos en cuerpos de agua o en suelos sin tratamiento adecuado.
  • Operación ilegal de botaderos, plantas de transparencia u otras instalaciones de manejo de residuos.
  • Manipulación de residuos peligrosos fuera de los parámetros de seguridad adecuados o la regulación aplicable.
  • Acciones que deriven en un daño grave al medio ambiente o salud pública.
  • Obstruir o impedir labores de inspección y auditoría de la Autoridad.
  • Causar daño ambiental como contaminación a fuentes de agua a través de la eliminación inadecuada de residuos.
  • Operación de sitio de disposición de residuos sin la debida autorización.
  • No proporcionar estándares de salud a trabajadores que realicen actividades sobre residuos como vacunación, exámenes clínicos y consultas médicas según riesgos laborales.
  • Entrega de residuos peligrosos bioinfecciosos por parte de generadores a establecimientos de salud humana, animal y otros, a recolectores de residuos no peligrosos.
  • Si la infracción es realizada por un niño, la multa será pagada por su padre, madre o representante legal.
  • El Tribunal llevará un registro actualizado de infractores (86)
  • Podrán usarse cámaras (87)
  • La nueva normativa, cuya aprobación fue solicitada por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) establece el principio de “responsabilidad del generador” de que “el que contamina paga”.
La ley dice que "prevalecerá" sobre cualquier disposición que la contraríe.