El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó ayer, con cuatro votos, dos recursos de revisión que pretendían anular la candidatura del presidente salvadoreño, Nayib Bukele, quien aspira a la reelección.

Este era el último paso que les quedaba a los demandantes para solicitar ante el órgano electoral la nulidad de la candidatura del mandatario, quien fue inscrito formalmente el 3 de noviembre.

Los recursos de revisión interpuestos por los abogados Salvador Enrique Anaya y José Marinero, y el presidente del partido Nuestro Tiempo, Andy Failer, pretendían que magistrados suplentes revocaran la resolución de magistrados propietarios que habían confirmado la candidatura, rechazando sus recursos de nulidad.

Con las resoluciones emitidas el miércoles, los magistrados estarían considerando firme la candidatura del mandatario ya que la respuesta a un recurso de revisión no admite recurso ante el TSE según el Código Electoral.

Hasta ayer, el TSE ha inscrito solo seis fórmulas presidenciales y no ha revocado ninguna: Manuel Flores y Werner Marroquín (FMLN); Nayib Bukele y Félix Ulloa (Nuevas Ideas); Luis Parada y Celia Medrano (Nuestro Tiempo); Joel Sánchez e Hilcia Bonilla (Arena); José Renderos y Rafael Montalvo (Fuerza Solidaria); y Marina Murillo y Fausto Carranza (FPS).

No demandarán ante Sala “ilegítima”.

El presidente de Nuestro Tiempo, Andy Failer, anunció ayer que ante la respuesta del Tribunal no interpondrán una demanda de inconstitucionalidad contra la inscripción de Bukele porque consideran que la Sala de lo Constitucional que funge es ilegítima.

“No recurriríamos ante la Sala, porque esta es una Sala que no fue electa legítimamente; están usurpando esos puestos por medio de claro acto de autoritarismo. Lo único que contemplaríamos en un futuro cercano es la instancia internacional”, afirmó.

Failer considera que es ilegítima porque la Asamblea Legislativa que asumió funciones el 1 de mayo de 2021 destituyó a la Sala de lo Constitucional 2018-2027 y nombró como nuevos magistrados de la Sala de lo Constitucional a Óscar López Jerez, Elsy Dueñas, Luis Javier Suárez Magaña, Nahum Martínez y José Ángel Pérez Chacón.

Los nuevos magistrados fueron quienes, el 3 de septiembre de 2021, consideraron que el artículo 152 ordinal 1 “permite, por una sola vez más, la reelección presidencial” en una resolución de sobreseimiento de la pérdida de derechos de ciudadanía a Nancy de Martínez.

El argumento del TSE para inscribir.

En la resolución del 3 de septiembre de 2021, la actual Sala escribió: “Ordénese al TSE dar cumplimiento a la presente resolución en lo relacionado a permitir de conformidad con el artículo 152 ordinal 1o. que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido Presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”.

Los magistrados del TSE se basaron en la resolución de la actual Sala para inscribir a Bukele como candidato.

“No concurre en el señor Nayib Armando Bukele Ortez, en su carácter de Presidente de la República, la inegibilidad establecida en el artículo 152 ordinal primero, ya que como se determinó en la citada resolución... ordenándose además a este Tribunal dar cumplimiento a la resolución”, indican los magistrados propietarios Dora Martínez de Barahona, Noel Orellana, Guillermo Wellman y Rubén Meléndez.

El dato

La Constitución de la República habla sobre “reelección” o continuidad presidencial o “alternabilidad presidencial” en los artículos: 75, 88, 131 numeral 16, 152, 154 y 248.