El Gobierno salvadoreño tendría que buscar una nueva fuente de financiamiento para pagar las pensiones públicas en 2018, ya que el dinero obtenido a través de los Certificados de Inversión Previsional (CIP), solo alcanzaría el 70 % del gasto previsional, advirtió ayer la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades).

Las pensiones públicas corresponden a la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (UPISSS) y del Instituto Nacional de Pensiones de los Empleados Públicos (INPEP), y son financiadas a través de la compra de CIP que realizan las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) con los ahorros de los cotizantes. El Gobierno solo puede adquirir el 45 % de ese dinero.

Ayer, en su posicionamiento institucional denominado “Las inversiones obligatorias en CIP reducen las pensiones de los trabajadores”, Fusades indicó que los fondos previsionales en 2018 alcanzarían los $11,000 millones, y daría un margen para los CIP de $380 millones, inferior a la necesidad de financiamiento del Estado por $530 millones.

Es decir, que el Gobierno no tendría $150 millones para honrar las pensiones públicas, equivalente al 30 %, y obligaría al Estado a buscar otra fuente de financiamiento.



Bajos intereses

La fundación recordó que la ley del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) de 2006 ordenó que los CIP A tuvieran una tasa de interés equivalente a la LIBOR (London Interbank Offered Rate) más 0.75 puntos porcentuales.

Sin embargo, por la crisis económica de 2008, la LIBOR a 180 días cayó a niveles inferiores del 1 %, promedio que se ha mantenido durante estos años. Según Fusades, los CIP adquiridos en esta época habrían dejado de percibir hasta $2,236 millones en 2016, ya que por mucho tiempo se pagaron a los trabajadores tasas que rondaron el 1 %.

“Ha impactado negativamente la rentabilidad de los fondos de pensiones, que es el mecanismo de los sistemas de pensiones de capitalización individual para multiplicar sus ahorros. Esta situación ha empezado a evidenciarse en las pensiones de afiliados que por ley debieron afiliarse al sistema de capitalización individual”, recalcó Fusades en su reporte.

En 2014, la Sala de lo Constitucional declaró improcedente la tasa de interés basada en la LIBOR y ordenó que se buscaran nuevos mecanismos de mayor rentabilidad. La discusión concluyó con la aprobación del Decreto 287, que estableció que los CIP A deberían ser pagados al promedio de los últimos cinco años que devengan los depósitos a 360 días plazo, más una sobretasa de 0.25 %, de rango entre 3.5 % y 5.5 %.

Esta medida comenzó a aplicarse de manera gradual desde 3.5 % en 2016.