El pasado 8 de agosto el presidente Bukele anunció que antes de los primeros 100 días de su gestión realizará el lanzamiento de la Comisión Internacional contra la Impunidad de El Salvador (CICIES). Para tal efecto, el 19 de agosto también declaró la creación de una figura legal específica para que la CICIES funcione en el Gobierno, e insinuó que no requerirá la aprobación o visto bueno de los diputados de la Asamblea Legislativa.

Con estos indicios se vislumbra una CICIES funcional para efectos mediáticos pero dañina en términos de legitimidad democrática, y con un alcance e independencia limitados. Esto por dos razones fundamentales: la primera, porque se trataría de una CICIES creada y avalada únicamente por la presidencia, con lo cual sus competencias de investigación se reducirían al Ejecutivo; la segunda, porque al no contar con los contrapesos y respaldos necesarios en un sistema democrático, existiría el peligro de que se convierta en un arma de persecución política en donde la lucha contra la corrupción se realice de forma selectiva.

Por tanto, y ante la escasa información sobre el marco legal y el mandato que regirá la propuesta de Bukele, surge la interrogante sobre ¿hasta qué punto la CICIES será imparcial, independiente, eficaz y efectiva? Para responderlo, hay que decir que no existe una receta única para la instauración de una comisión internacional exitosa, pero sí ciertos elementos que deben ser considerados. Uno de ellos tiene relación precisamente con las garantías de funcionamiento, cuyo contenido fue analizado por el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (Icefi) en 2016, mediante un análisis comparado sobre el apoyo internacional para enfrentar la corrupción y la impunidad, en los casos de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) y de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).

En dicho análisis el Icefi concluyó que en ambas experiencias se consideró fundamental la protección de su independencia. Así, el convenio que crea a la MACCIH prevé que esa entidad actuará «con absoluta independencia, autonomía, objetividad, neutralidad y transparencia, mediante una colaboración activa con la institucionalidad del Estado de Honduras»; en el mismo sentido, el acuerdo de creación de la CICIG también señala que esa entidad actuará «con absoluta independencia funcional en el desempeño de su mandato».

A criterio del Icefi, también resulta vital la independencia económica y la facultad de nombramiento de los titulares de cada entidad. En relación al primer punto, tanto la MACCIH como la CICIG definieron que los gastos se «sufragarán con contribuciones voluntarias de la comunidad internacional». En relación al segundo, el nombramiento de los titulares de cada entidad recayó en las entidades internacionales auspiciantes: en el caso de la MACCIH, los nombramientos del Vocero/a y los Coordinadores de divisiones se asignaron al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA); en el caso de la CICIG, la designación del Comisionado/a correspondía al Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Si extrapolamos este análisis a El Salvador, podemos advertir que resulta indispensable que el presidente Bukele garantice la independencia de la CICIES. Esto implica no solo adoptar un marco legal y un mandato que permita el cumplimiento de sus objetivos y atribuciones, sino además fortalecer la cobertura y capacidades de las instituciones públicas relacionadas con la justicia y la seguridad que recibirán el apoyo y colaboración de esa nueva comisión. En este sentido, también deben incorporarse propuestas de Estado y una agenda concreta de avances destinados al aumento los recursos públicos (financieros, materiales y humanos) hacia esos sectores. Por tanto, como ciudadanía activa, exijamos las condiciones para una CICIES eficaz y efectiva, exijámoslo como un asunto de justicia, transparencia, democracia y uso adecuado de los recursos públicos.