La estructura jurídico-garantista del Estado de Derecho para pasar de la mera legalidad a la legitimación y la legitimidad debe estar apoyada en el pronunciamiento democrático... Eduardo B. Dartiguelonge. Nuestro país se encuentra en un momento interesante y curioso. El 24 de agosto de 2020 se emitió el Acuerdo Ejecutivo Número 295, publicado en el Diario Oficial Número 176, Tomo 428 del día 1 de septiembre de 2020, por medio del cual nombró al Vicepresidente como Delegado Presidencial para un proceso de estudio, análisis, discusión y propuesta de todas las iniciativas que tengan como objetivo una reforma constitucional, sin facultades legales para realizarlo.

El pasado 15 de este mes, el equipo Ad Hoc entregó la propuesta que consta de 216 modificaciones de los 274 artículos que componen la Constitución vigente, o sea, la reforma de 78.8 % de los artículos. Personalidades del ámbito jurídico, social, eclesial, económico y político, entre otros, han dado sus doctas opiniones sobre las reformas y en ocasiones citando artículos específicos, realizando análisis de conveniencia o inconveniencia de tales reformas. Pero existe un análisis que no se ha planteado y que gira alrededor de la legitimidad en el proceso que se realiza. Para ello se partirá del inciso primero del artículo 83 de la Constitución: “El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de esta Constitución.”

El pueblo somos todos lossalvadoreños, sin distinción alguna, como iguales ante la ley. Según el documento El Salvador Estimaciones y Proyecciones Nacionales de Población, junio 2021 -Ministerio de Economía, junio 2021- el pueblo lo conforman 6,325,827 personas en 2021.

Según el estudio presentado por la comisión Ad Hoc (la que pasó por varias renuncias y nuevas contrataciones) estuvo compuesta por cinco miembros salvadoreños, o sea, el 0.0001 % de la población. Y recibieron propuestas, ideas, iniciativas o recomendaciones para que fueran tomadas en cuenta, generando un total de 4,925 propuestas. Asumiendo que fueron presentadas por igual número de salvadoreños, equivaldría a 0.0779 % de la población, por lo que se podría asumir que, en este estudio de la reforma de la Constitución vigente participaron 4,933 personas, equivalente al 0.0780 % de la población salvadoreña.

Si esto sigue el curso que se ha anunciado, al menos 10 diputados deberán proponer la reforma constitucional, tal como lo establece el artículo 248 de la Constitución, diputados que son el 0.0002 % de la población. Conforme al Tribunal Supremo Electoral el partido mayoritario y su aliado obtuvo en las últimas elecciones 1,742,301.26 votos, equivalente al 27.54 % de la población, al momento de votar. El partido mayoritario y sus aliados controlan 64 curules, equivalente al 0.0010 % de la población, pero cuentan con las diputaciones necesarias para iniciar el proceso de reforma constitucional.

Por otro lado, conforme a las encuestas más populares del país (Gallup, LPG, UFG, UCA) el promedio de aceptación popular del partido mayoritario en 2019 fue del 93 %, sin embargo, en 2021 éste se ha reducido a un promedio de 85.2 %, bajando en -7.8 %. Si se aplica esta reducción al 27.54% obtenido en las elecciones de 2021, se tendría que ahora el partido es aceptado por el 19.74 % de la poblacional salvadoreña. Observándose que el apoyo del pueblo es variable.

Aun así, los 64 diputados del partido mayoritario y sus aliados, que son el 0.0010 % de la población, tienen el poder legal de presentar el Acuerdo de Reforma a la Constitución, pero ahora solo equivale al 19.74 %, donde cada uno de estos 64 diputados solo representaría el 0.3085 % de sus seguidores.

Así, por un estudio realizado por 8 personas y la colaboración de 4925 que suman el 0.0780 % de la población, más el 19.74 % que representan los seguidores, más los 64 diputados que son el 0.0010 %, y totaliza 19.82 % de la población, se podría realizar las reformas Constitucionales afectando al 100 % de la población.

Este 19.82 % que controla el poder político y estará sobre 80.17 % del resto de los habitantes. Por lo que la reforma constitucional podrá ser legal, pero no legitima. ¿Entonces, quién defiende a los restantes 5,071,943 habitantes, en quienes también reside la soberanía?