Conan Castro, secretario jurídico presidencial, acompañado del ministro de Gobernación, Mario Durán, y la ministra de Vivienda, Michelle Sol. Foto: Óscar Machón.


El secretario jurídico de la Presidencia de la República, Conan Castro, anunció este jueves que cumplirán la sentencia de la Sala de lo Constitucional que ordena al Presidente la sanción y publicación del decreto 661 de reapertura económica y medidas sanitarias ante la pandemia covid-19.

Sin embargo, Castro tildó la resolución de la Sala de lo Constitucional como una sentencia no eficaz, abusiva, eminentemente política y fuera de contexto actual que enfrenta el país ante la pandemia.

“Esto lo único que demuestra que la Sala de lo Constitucional está politizada”, expresó.

El funcionario aseguró, sin embargo, que la ley declarada constitucional "deberá ser sancionada porque se va a acatar". "Va a ser sancionado y publicado oportunamente".

La Sala de lo Constitucional le pide al Presidente sancionar y publicar el decreto lo más pronto posible para que la Asamblea Legislativa lo pueda reformar, actualizando las fechas que se encuentran desfasadas.

El problema actual es que las fases de apertura económica vigentes concluyen el 23 de agosto, ya que la Sala de lo Constitucional permitió que los efectos del decreto ejecutivo 32 concluyeran ese día, en una resolución en donde declaró inconstitucional dicho decreto porque aclaró que solo la Asamblea Legislativa puede limitar derechos constitucionales como la libertad económica o el derecho al trabajo, y no el Ejecutivo.

El secretario Conan Castro recriminó a la Sala de lo Constitucional su postura sobre el veto presidencial y consideró que la Sala se vuelve "irreverente" en ese sentido. "El veto es una de las facultades que tiene el Presidente de la República"

En su resolución, la Sala concluye el veto presidencial por inconstitucionalidad al decreto 661 "tiene la apariencia de ser un exceso de dicha facultad", ya que las fases que regulaba eran similares a las regulaciones emitidas por el Ejecutivo.



Según la Sala, si las verdaderas razones de desacuerdo presidencial son de la naturaleza política, no constitucionales, "así debe hacerse constar en el veto" porque de lo contrario incurre en abuso del derecho".

Así, el fallo pide al Presidente que no produzca vetos por aspectos ya resueltos por la Sala ni utilice tiempos de sanción y publicación discordes con la urgencia de la entrada en vigencia de una ley ante la pandemia.

Además, reflexiona que el abuso recurrente del veto aúna a que se abandone la visión de separación de funciones, defensa de la Constitución y diálogo y se adopte un mecanismo de presión para imponer la visión particular del Presidente de turno. Esto, según la Sala, es un peligro para la libertad y demás derechos fundamentales.