Elecciones 2024: ¿cuál es la diferencia de votar por bandera, rostros o cruzado?

Lunes 22, Enero 2024 - 12:00 PM
Así resume el TSE las fórmulas válidas de votar por Asamblea Legislativa el 4 de febrero.

Estas son las formas válidas de ejercer el voto por candidatos a diputados de la Asamblea Legislativa.

El domingo 4 de febrero, los salvadoreños tienen la opción de votar cruzado, por bandera o por algunos o todos los rostros de uno o varios partidos políticos, al participar en la elección de diputados de la Asamblea Legislativa. La regla general para la votación de diputados es que no debe marcar más candidatos de los diputados a elegir en el departamento correspondiente. Por ejemplo, los electores de San Salvador no deben marcar más de 16 candidatos. Estas son las formas válidas de votar por candidatos a diputados de acuerdo al instructivo para las Juntas Receptoras de Votos del Tribunal Supremo Electoral.

1. MARCAR BANDERA O TODOS LOS CANDIDATOS DE UN PARTIDO:

Marcar bandera, marcar todos los candidatos de un solo partido político o marcar bandera con todos sus candidatos equivale a darle el voto entero al partido político sin preferir o dar ventaja a unos sobre otros candidatos.
La marcación de todas las candidaturas de un solo partido político equivale a votar por bandera.
Voto entero por bandera, ya sea marcando rostros o no.

2. MARCAR ROSTROS DE UN PARTIDO:

Marcar rostros de un partido, ya sea marcando la bandera o no, es igual a darle el voto al partido político, pero dándole preferencia o posibilidad de entrar como diputado a uno o varios candidatos sobre otros.
Voto válido entero preferente: marcación de algunos candidatos de un solo partido político, marcando o no la bandera.
Voto válido entero preferente: marcación de algunos candidatos de un solo partido político.

3. EL VOTO CRUZADO O FRACCIONADO:

Marcar candidatos de partidos diferentes, el llamado voto cruzado, equivale a distribuir la unidad del voto entre varios partidos políticos dándole preferencia a los candidatos marcados. Para que el voto cruzado sea válido no debe exceder el número de escaños que se eligen en el departamento y no se debe marcar bandera. El voto cruzado fue ordenado por la Sala de lo Constitucional del periodo 2009-2018 y ha sido criticado por partidos políticos e incluso por algunos magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Para que sea válido el voto cruzado o fraccionado, no se marca banderas.