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Los cinco abogados elegidos por la Asamblea Legislativa como magistrados propietarios de la Sala de lo Constitucional fueron denunciados penalmente este miércoles por el Centro de Asesoría Legal Anticorrupción en El Salvador de la Fundación Nacional para el Desarrollo (Alac-Funde).


La denuncia fue interpuesta ante el Juzgado Sexto de Paz de San Salvador contra Óscar López Jerez, Elsy Dueñas, José Angel Pérez, Héctor Martínez García y Luis Suárez Magaña, por los posibles delitos de desobediencia a particulares, sedición en calidad de coautores y actos arbitrarios en calidad de cómplices necesarios.




Han sido partícipes de las acciones ilegales realizadas por la Asamblea Legislativa. Han tenido la posición de garantes, por su conocimiento en leyes y derecho, pudieron haberse abstenido de realizar los hechos constitutivos de delito”. afirmó Alac-Funde.



Esta organización sostiene que la destitución de los magistrados Armando Pineda, Aldo Cáder, Carlos Sergio Avilés, Carlos Sánchez y Marina de Torrento fue un acto viciado e ilegal; y que la sustitución, nombramiento y juramentación de nuevos magistrados fue ilegal e inconstitucional.


La organización, además, argumenta que las personas nombradas se dispusieron junto a la Policía “al allanamiento e ingreso ilegal a la sede y oficinas de la Corte Suprema de Justicia para tomar posesión de las instalaciones”. Según Alac-Funde, esta denuncia será “prueba crucial” para medir la independencia del fiscal general recién nombrado frente al Órgano Ejecutivo y la Asamblea Legislativa.



Primera resolución


Mientras tanto, los abogados nombrados como magistrados en la Sala de lo emitieron este miércoles su primera resolución, sobre el voto en el exterior, estableciendo un nuevo plazo para regular el derecho: 15 de septiembre de 2021.


La Sala anterior dio como plazo hasta el 20 de diciembre de 2020 para aprobar las reformas para regular la postulación de candidatos a diputados y concejos, es decir, el derecho a ser electo o al “sufragio pasivo”. Esta Sala había permitido aplicar la votación en el exterior para comicios municipales y legislativos hasta el año 2024.


Sin embargo, la Sala cuyo nombramiento es cuestionado por organizaciones locales y comunidad internacional, señaló que la Asamblea anterior no cumplió con la emisión de las reformas en el plazo que se le ordenó, por lo cual decidió “revocar de oficio el punto 4 de la parte resolutiva”.


El punto 4 ordenaba que la Asamblea hiciera “adecuacciones” para garantizar el derecho al sufragio pasivo en 2024 y que el Tribunal Supremo Electoral haga ajustes. La resolución de ayer autoriza al TSE a hacer procedimientos para aplicarlo en 2024.