Ayer en Comisión de Legislación. / Cortesía


La Comisión de Legislación de la Asamblea Legislativa acordó este lunes derogar el artículo 366 del Código Penal que castigaba el delito de desaparición forzada culposa. La derogatoria sería aprobada en la sesión plenaria programada para este jueves a las 10:00 de la mañana.

El 20 de noviembre pasado, la Asamblea Legislativa reformó el Código Penal para agravar y elevar las penas carcelarias por el delito de desaparición valiéndose de su cargo o de su autoridad para ordenar este tipo de hechos.

El diputado Mario Tenorio, presidente de la Comisión, pidió aceptar las observaciones del presidente de la República, Nayib Bukele, que pedía eliminar la parte final del considerando cuarto de la reforma que se refería al delito de desaparición forzada culposa. Tenorio explicó que el delito es de naturaleza dolosa.

Los diputados presentes en la Comisión estuvieron de acuerdo y acordaron derogar el artículo 366 del Código Penal sobre “Desaparición de personas permitida culposamente” que era castigado con penas de dos a cuatro años de prisión.

También, el presidente sugirió que se incluya la condición de “autorización o apoyo” al delito del particular que cometa el delito de desaparición forzada por orden de funcionario público. El acuerdo de reforma fue aprobado de manera unánime.