La Sala de lo Constitucional volvió a decirle al Gobierno que no tiene facultad para legislar, ya que solo una ley formal puede limitar o suspender un derecho constitucional, como autorizar a unos a trabajar y prohibírselos a otros. El ministro de Salud cometió fraude a la Constitución según uno de los magistrados.

El hecho es grave, de acuedo a un conjunto de abogados que respaldados por seis instituciones de la sociedad civil, que pidieron que se certifique del incumplimiento del Ejecutivo al fallo de la Sala de lo Constitucional a la Fiscalía General de la República.

Por el contrario, el Ministerio de Salud respondió con un decreto ejecutivo 33 que reformó el decreto 32. Se trata de un cambio de fecha: ya no será el 20 de agosto sino el 23 de agosto el fin de la primera fase de apertura económica.

La razón del Ejecutivo para reformar esa fecha es que la Sala de lo Constitucional permitió que el decreto declarado inconstitucional tuviera efectos hasta el 23 de agosto considerando la crisis sanitaria que vive el país.

Sin embargo, en su fallo, la Sala pone un solo camino al Ejecutivo y al Legislativo, exhortándolos a concertar una legislación que cumpla todo su proceso, pasando por la sanción y publicación del Presidente. Ello, dice, con el fin de enfrentar la crisis generada por la pandemia de una forma técnica e integral.

 

Nadie cede

Por ahora, la mayoría de la Asamblea se mantiene fija en no suspender o limitar ningún derecho constitucional; y el Ejecutivo se aferra a suspender los tres derechos constitucionales en un régimen de excepción: libre circulación, reunión y al domicilio.

El abogado Javier Castro, de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), sostiene que 15 días son tiempo suficiente para aprobar las herramientas legales idóneas.

Un posible camino, si el Legislativo y el Ejecutivo no se ponen de acuerdo, es que el Ministerio de Salud establezca protocolos sanitarios o el Ministerio de Trabajo establezca nuevos protocolos de seguridad ocupacional. La Sala recordó en su fallo que tiene facultad para hacerlo. El abogado Escobar aclara que estas regulaciones no deben limitar derechos constitucionales aunque son obligatorias y establecen sanciones.

Un segundo escenario es que la Asamblea Legislativa apruebe una ley que no requiera suspensión de derechos constitucionales o que la Sala de lo Constitucional reviva el decreto 661, una normativa que regulaba fases de apertura económica escalonada sin restringir la libre movilidad.

En el fondo, advierte Escobar, lo que se debe valorar es si a estas alturas es necesaria una cuarentena obligatoria.

Sin embargo, Escobar ve un cálculo político por parte de los poderes en donde el Ejecutivo siempre buscará echarle la culpa al Legislativo y a la Sala de lo Constitucional; y el Legislativo también buscará culpar al Ejecutivo de cualquier falla.

 

Los caminos posibles

 

Solo decretos ejecutivos sin ley

El Ministerio de Salud tiene facultad para establecer protocolos sanitarios recordó la Sala de lo Constitucional. Las medidas serían obligatorias pero no podrían limitar derechos constitucionales. El Ministerio de Trabajo también puede emitir disposiciones reglamentarias para cumplir la Ley de Seguridad Ocupacional, ejerciendo supervisión y estableciendo sanciones.

 

Una ley de fases de reapertura sin régimen de excepción

Un segundo escenario es que el Ejecutivo y el Legislativo se pongan de acuerdo pero sin establecer un régimen de excepción, es decir, sin suspender derechos constitucionales a la libre circulación. Esta normativa podría regular las fases de reapertura económica, pero sin restringir el derecho a la movilidad, reunión o a no cambiar de domicilio. Este escenario es muy similar al decreto 661 aprobado por el Legislativo y vetado por el Ejecutivo.

 

Un régimen de excepción

Es el escenario solicitado por el Ejecutivo, por 15 días más. La Presidencia, aunque ha autorizado fases de reapertura económica, ha solicitado 15 días de suspensión de derechos constitucionales, idea que no es apoyada por la mayoría de diputados. Al menos la mitad de diputados de Arena y toda la fracción del FMLN han rechazado cualquier restricción de derecho constitucional.