El director del departamento de asuntos políticos de la Fundación para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), Luis Mario Rodríguez, pidió al Presidente de la República que informe a la Asamblea Legislativa sobre la participación de la Fuerza Armada en las tareas de seguridad que realiza.

“Tiene que haber un decreto legislativo que en base a la solicitud que el ejecutivo pida, razone justo cuáles son las razones que obligan al ejecutivo a usar a la Fuerza Armada”, dijo Rodríguez ayer.

Y agregó que la prioridad es que exista transparencia absoluta del Ejecutivo y que éste informe a la ciudadanía sobre “cuáles son las razones, cuáles son las funciones específicas y luego cumplimiento de los requisitos que la Constitución establece, principalmente, el informe semestral detallando cada una de las actividades que ha realizado la Fuerza Armada, acompañando a la Policía Nacional Civil”, agregó.

El artículo 168 de la Constitución de la República establece que el Presidente de la República puede disponer de la Fuerza Armada para defender la soberanía del Estado “excepcionalmente, si se han agotado los medios ordinarios para el mantenimiento de la paz interna, la tranquilidad y la seguridad pública, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada para ese fin”.

La Constitución limita el uso de la institución al “tiempo y a la medida de lo estrictamente necesario para el restablecimiento del orden y cesará tan pronto se haya alcanzado ese cometido”.

La Carta Magna establece que el mandatario deberá mantener informada a la Asamblea Legislativa sobre las actuaciones de la institución castrense “la cual podrá, en cualquier momento, disponer el cese de tales medidas excepcionales”, dice la Constitución.