Francisco Alabí, ministro de Salud.

Abogados advierten que la ley de inmunidad y compras directas no podría ser retroactiva, ya que no lo menciona expresamente en el artículo que da inmunidad penal a trabajadores de salud y empresas fabricantes de productos contra la covid19; y si lo menciona en el artículo 8 para legalizar las compras directas pasadas, sería “inconstitucional”.


El presidente de la República, Nayib Bukele, sancionó la ley y fue publicada este jueves en el Diario Oficial, al igual que la reforma a la Ley de Imprenta.


En su segunda sesión plenaria, la Asamblea Legislativa del periodo 2021-2024 aprobó la “Ley para el uso de productos para tratamientos médicos en situaciones excepcionales de salud pública ocasionadas por la pandemia covid19”. Esa normativa crea en el artículo 4 “inmunidad ante demandas y denuncias judiciales” y de “cualquier responsabilidad civil, penal o comercial u obligación de indemnizar” para “los que trabajan en el sector de la salud”, fabricantes, titulares (funcionarios) que autoricen la comercialización, distribuidores, nacionales o extranjeros, que tengan relación con los productos o servicios de tratamientos médicos; en todas las fases del producto: formulación, fabricación, venta, compra (artículo 5).


Además, el artículo 8 autoriza contratos directos de productos contra el covid19 evadiendo la Ley de Adquisiciones y Contrataciones (Lacap) con “efectos retroactivos” desde la declaratoria de la pandemia covid19.



Las objeciones


De acuerdo a Javier Castro, director de Estudios Legales de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades), toda retroactividad requiere mención expresa en la ley.


Sin embargo, debe cumplirse el artículo 21 de la Constitución, que prohíbe la retroactividad en las leyes, salvo en materias de orden público y en materia penal cuando la nueva ley sea favorable al delincuente.


“Más bien se estaría legalizando cualquier falta de transparencia en la adquisición de productos médicos durante la pandemia. Es una ley que promueve la impunidad”, advirtió. Agregó que niega el acceso a la justicia para quienes hayan sufrido daños a causa de negligencias médicas durante la pandemia.


El abogado Enrique Anaya explicó que específicamente la inmunidad no tendría efecto retroactivo porque dicho artículo no menciona la retroactividad expresamente.


Se trata del artículo 4, que junto al artículo 5, facultaría a la inmunidad penal, civil y administrativa a todo el personal de salud relacionado a compras y ventas o fabricación de productos contra la covid19.


Anaya explicó que posiblemente, al consignar que la ley es de orden público, la Presidencia ha pretendido “que sea de efectivo, pero jurídicamente no lo es”.


Citó la sentencia de la Sala de lo Constitucional 17-C-90: “El carácter de orden público de una ley no le concede a esta, ipso jure, efecto retroactivo”. Una sentencia del 2 de octubre de 1987 explicó: “Por el solo carácter de orden público de una ley, manifestado o no en ella, no debe aplicarse retroactivamente, implicaría un exceso a la permisión constitucional, y crearía mayor inseguridad jurídica en perjuicio del orden público que se invoca”.



Alabí dice facilitaría adquirir más vacunas


El ministro de Salud, Francisco Alabí, celebró ayer la aprobación de la polémica ley que blinda a funcionarios y empresas de cualquier denuncia o demanda por compras relacionadas al covid-19 y explicó que, a pesar de las críticas, la norma facilitará adquirir más vacunas anticovid.


“No se trata de una ley de inmunidad para ningún funcionario, no se trata de una ley para evitar o disimular cosas incorrectas, se trata de una ley que le permite a la población tener acceso en tiempo a las condiciones que ahora se están solicitando a nivel internacional”, dijo.


Según el ministro de Salud, el artículo 4 “obedece a una serie de situaciones que le pueden facilitar al país tener el acceso a ciertas estrategias, una es la vacunación”. Esta inmunidad, afirmó, es solicitada por las farmacéuticas en sus convenios.


Alabí aseguró que las compras directas son para facilitar los procesos durante una “situación excepcional” de Salud, como la pandemia del covid-19. La Fiscalía investigaba, previo a la destitución del fiscal Raúl Melara, más de $155 millones de compras directas realizadas durante la pandemia.