La Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas tendrá la facultad de definir cómo fijará las tarifas de energía para el usuario final hasta el 14 de julio de 2025, así lo aprobó el lunes la Asamblea Legislativa, luego de que venciera el domingo el decreto que congeló las tarifas de energía en octubre del año pasado.

Las distribuidoras de energía deberán publicar las tarifas a usuario final con los precios ya ajustados "en un diario de alta circulación nacional" si lo determina la Dirección, así como estarán obligadas a dar información a la Dirección.

El decreto, titulado "Disposiciones transitorias para la definición del cargo por energía a facturar a los usuarios finales", deja sin efecto el mecanismo actual para establecer las tarifas de electricidad que son cobradas a los usuarios hasta esa fecha.

Ayer, como primera acción de su facultad, esta Dirección anunció que las actuales tarifas no sufrirán aumentos para los usuarios que consumen menos de 300 kilovatios por hora.

El decreto autorizó al Ministerio de Hacienda a que emita "notas de crédito del tesoro público" para poder absorber la diferencia respecto al aumento del precio real de la energía y evitar así el impacto de un aumento en los usuarios finales.

La Dirección también establecerá "aspectos necesarios" al mercado electrónico nacional.

El decreto para fijar tarifas, a discreción de la Dirección General de Energía, será de orden público, es decir que se puede aplicar retroactivamente. Además, si se contradice con otra ley, prevalecería.

Datos de la Unidad de Transacciones (UT) indican que habrá un fuerte incremento en el precio de la energía, ya que el precio del megavatio hora (MWh) se colocó en $124.62 en marzo de 2024 mayor a los $106.55 de enero de 2024 y 22 % superior al precio de octubre de 2023, cuando se fijó la tarifa en octubre de 2023. El precio de la energía se fija cada 15 de enero, abril, julio y octubre con base en los costos de generación de los últimos tres meses.