El Ministerio de Economía pidió a la Asamblea Legislativa un conjunto de reformas a la Ley de Activos Digitales entre las cuales incluyen un apartado de “normas de conducta para los proveedores de servicios de Bitcoin”.

Una de las normas de conducta es “mantener un programa contra el lavado de dinero que cumpla la “Ley contra el lavado de dinero y de activos” y las mejores prácticas del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

La ministra aseguró que, con la reforma, buscan incorporar a los proveedores de servicios de bitcoin en el mercado de activos digitales, regular cobros y tasas, ampliar las facultades de la Comisión de Activos Digitales y establecer mecanismos de control de mercado con base en riesgos.

Según el artículo 21-B del proyecto de reformas, los proveedores de bitcoin deberán “mantener una política de límites a las transacciones dentro de sus plataformas que vaya en correspondencia con sus programas de debida diligencia al usuario, gestión integral de riesgos y de prevención de lavado de dinero, y otros crímenes financieros”.

El artículo 21-B también les exigiría políticas contra pérdida o robo de activos, mantenimiento de libros y registros de activos, pasivos y patrimonios del proveedor, registros de cuentas de clientes con sus datos e información relevante para cada transacción solicitada por un cliente, entre otros requisitos.

El expresidente del Banco Central de Reserva, el economista Carlos Acevedo, aseguró que sin duda, la reforma le daría a la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) más dientes para regular a los proveedores de servicios bitcoin, pero, ante la pregunta si esta responde a una petición del Fondo Monetario Internacional (FMI) aseveró que no la ve como una reforma relevante para el FMI. Acevedo sigue creyendo para que para el FMI es clave que el Bitcoin no sea moneda de curso legal en El Salvador.

Me parece que esa reforma del 21-B no tiene suficiente sustancia como para preocuparle al FMI. Al FMI lo que más le preocupa es el artículo 7 de la Ley Bitcoin sobre el carácter del bitcoin como moneda de curso legal.
Carlos Acevedo, expresidente del BCR.


Ante la pregunta si esta reforma no garantizaría un control antilavado del bitcoin, por ejemplo, al exigir a los proveedores un registro con datos de los clientes o tener una "política de límites a las transacciones", Acevedo respondió: "No lo garantiza porque siempre existe la posibilidad de transferencias de una billetera a otra billetera".

Mientras tanto, El Salvador y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) realizaron un proceso de evaluación mutua de El Salvador, en el cual ha participado también la Comisión Nacional de Activos Digitales, sin embargo, aún se desconoce el informe.

La XLIV Reunión del Pleno de Representantes del Gafilat en Bogotá, Colombia, se llevó a cabo los días 1 y 2 de agosto. Según el sitio de noticias del Gafilat, el Grupo discutió y aprobó el Informe de Evaluación Mutua (IEM) de El Salvador, pero aún no es publicado, ya que será publicado luego de que concluya un "proceso de revisión de calidad y consistencia con la Red Global del GAFI".

Según la publicación, "las delegaciones reconocieron el trabajo conducido por el país evaluado y el equipo evaluador por concluir exitosamente el proceso de evaluación".