La Comisión de Economía de la Asamblea Legislativa emitió ayer un dictamen favorable que contiene la Ley de Comercio Electrónico (LCE), que permitirá regular el mercado de transacciones digitales en El Salvador hasta el próximo año.

La LCE, en discusión desde mayo de 2019, consta de 32 artículos que regulan las relaciones comerciales entre comerciantes y clientes del mercado digital, dando seguridad jurídica a los salvadoreños que hacen uso de medios tecnológicos para adquirir o vender bienes y servicios.

“Esta es una deuda con los salvadoreños en un momento en que todo el mundo es digital. La ley será aplicable a todo tipo de relación contractual, de carácter comercial de forma electrónica, digital o tecnológica”, aseguró Margarita Escobar, diputada de Arena y presidenta de la Comisión.

Los diputados acordaron brindar un período de un año para el inicio de la vigencia de esta normativa, dando espacio a empresas para prepararse ante los cambios y proporcionando un compás de espera mientras la Asamblea Legislativa apruebe la Ley de Protección de Datos y la Ley de Facturación Electrónica, ambas aún en discusión.

Damián Alegría, diputado del FMLN, aseguró que con la facturación electrónica se mejorará la recaudación fiscal.

Junto a la ley de Comercio Electrónico, la facturación electrónica permitirá que las empresas nacionales “puedan expandirse fácilmente a otros países del mundo”, y beneficiará con un mercado mucho más amplio para los consumidores, de manera más segura, agregó. La ley agrega como sujetos obligados a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dentro del mercado electrónico; y contempla exclusiones en el uso de comunicaciones comerciales electrónicas para proteger al consumidor.

Además, se estipula que los contratos internacionales elaborados electrónicamente tendrán los mismos efectos jurídicos, validez y fuerza probatoria que los hechos en formato físico.

 

Comercio electrónico



Sujetos obligados

La ley establece que son sujetos obligados personas naturales y jurídicas que actúen como clientes o comerciantes de bienes y servicios por medios electrónicos.

 

Contratos

Los contratos realizados de manera electrónica, dentro de un año, tendrán los mismos efectos jurídicos, validez y fuerza probatoria que los contenidos en un formato físico.

 

Exclusiones

Excluye las comunicaciones comerciales electrónicas, y regula la información exigida en dichos casos y las invitaciones para presentar ofertas, validez y eficacia de los contratos.