Bukele dice que Impuesto sobre la Renta baja del 30 % a 0 % para las inversiones internacionales
Miércoles 13, Marzo 2024 - 2:41 PM
Presidente Bukele enfoca reforma fiscal a inversiones extranjeras y transferencias monetariasa. Economistas explican que las inversiones no pagan impuestos sino las ganancias de capital.
El presidente de la República, Nayib Bukele, destacó hoy que la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta aprobada el martes por la Asamblea Legislativa bajó la tasa de este impuesto del 30 % al 0 % a "las inversiones internacionales y transferencias de dinero".
La reforma establece que todo el dinero "proveniente de cualquier clase de fuente en el exterior" no pagará impuesto sobre la renta en el Ministerio de Hacienda.
De acuerdo al artículo 41 de la ley, el impuesto que se grava a las "rentas" o ganancias es del 30 % para las personas jurídicas, uniones de personas, sociedades, domiciliadas o no, excepto si las rentas son menores o iguales a $150,000, a los que se aplica el 25 %. Para las ganancias de capital de una o varias transacciones es el 10 %.
De acuerdo al artículo 37 de la ley, el impuesto que se grava a las "rentas" o ganancias es del 30 % más fija de $3,462.86 si la renta imponible es igual o mayor a $22,857.15. La ley indica que los no domiciliados calcularán su impuesto aplicando el 30 % sobre su renta neta o imponible.
Sin embargo, dos economistas explicaron que las inversiones no es exactamente lo que está exento del Impuesto sobre la Renta.
"A nadie se le pone Impuesto sobre la Renta por invertir. Es como que diga 'le voy a poner impuesto sobre la renta si usted consume', no corresponde. Usted grava los ingresos que alguien percibe o genera en una actividad económica, ese es el impuesto sobre la renta", indicó. Explicó que "otra cosa son los ingresos que se generen por las ventas", lo que sí obliga a declarar las rentas.
Por su parte, el economista Carlos Acevedo indicó que el presidente Bukele está hablando de inversiones extranjeras en sentido "figurado". Si bien las inversiones no son gravadas, explicó, "las ganancias de capital, sí".
La reforma al artículo 3 de la ley del Impuesto sobre la Renta exime de dicho impuesto "todos los valores que se reciban en cualquier concepto obtenidos en el exterior o cualquier movimiento de capital, remuneración o emolumento, en dinero o especie generado o no por la inversión de capital nacional o extranjero, que sean nominalmente obtenidas o percibidas por personas naturales o jurídicas o entes sin personalidad jurídica, domiciliados o no en el país, proveniente de cualquier clase de fuente en el exterior".