Los diputados de la Subcomisión Política viajaron al interior del país e hicieron consultas públicas con las víctimas del conflicto armado. / DEM


La Subcomisión Política de la Asamblea Legislativa remozó su borrador propuesta de Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional, suprimiendo los artículos polémicos que contenía la versión inicial.

La Subcomisión Política modificó, en esta segunda versión del proyecto de ley, el polémico artículo 12 que suspendía la pena carcelaria si el procesado era condenado a cierta cantidad de años de prisión y si la condena era mayor iba a ser sustituida por trabajo de utilidad pública.

Ese artículo 12 eliminaba la pena carcelaria si el procesado padecía enfermedades crónicas o degenerativas, clínicamente comprobadas.

En la nueva versión del bo­rrador, el tema de las penas ha sido trasladado al artículo 7 y contempla que “en el caso de las personas mayores de 65 años o con enfermedades terminales o crónicas, la autoridad judicial aplicará mecanismos especiales para el cumplimiento de medidas cautelares o la pena de trabajos de utilidad pública”.

Sin embargo, la redacción del borrador no contempla expresamente la eliminación de la pena carcelaria contra los procesados por crímenes de guerra o de lesa humanidad.

El subjefe de fracción de Arena e integrante de la Subcomisión Política, Julio Fabián, explicó que el cambio en el proyecto de ley se debió a las consultas públicas que los diputados hicieron en el interior del país con las víctimas del conflicto armado.

El borrador inicial establecía en su artículo 5 que el fiscal general de la República tendría cinco meses para aprobar una política institucional especial para la investigación y juzgamiento de los crímenes de guerra y lesa humanidad, y para elaborar un listado de los casos a ser investigados y procesados judicialmente.

En la nueva versión del proyecto de ley, la Subcomi­sión trasladó este tema para el artículo 4 y amplió, de cinco a 12 meses, el plazo para que el fiscal general de la República elabore la política para investigar los crímenes de guerra y lesa humanidad, y también el listado de los casos que serán investigados y judicializados.

Ambas versiones del bo­rrador mantienen el plazo de cinco años para el inicio de las acciones de investigación y juzgamiento, que podrá ser ampliado por dos años por la Asamblea Legislativa.



Procurador: debe cumplir la sentencia

El recién electo procurador de derechos humanos, José Apolonio Tobar Serrano, dijo que la nueva Ley de Reconciliación Nacional que apruebe la Asamblea Legislativa debe cumplir los parámetros de la sentencia de la Sala de lo Constitucional.

“En la Ley de Reconci­liación se deben cumplir los parámetros establecidos en la Sentencia de la Sala lo Constitución que declaró inconstitucional la Ley de Amnistía, eso es lo que se va a apoyar”, anun­ció el procurador el jueves, un día después de ser electo.

La Ley de Amnistía Gene­ral para la Consolidación de la Paz de 1993 fue declarada inconstitucional el 13 de julio de 2016 porque consideró que impedía el acceso a la verdad y a la justicia de las víctimas.

 

La Ley de Reconciliación propuesta por los partidos

 

Comisión de la Verdad: El artículo 10 del anteproyecto de ley dice que el informe de la Comisión de la Verdad no tendrá valor probatorio en el proceso judicial, aunque podrá ser utilizado para evidenciar los patrones de violencia.

 

Sin amnistía: Los artículos 4 y 5 del borrador de ley señala que no habrá amnistía para los crímenes de lesa humanidad y guerra que fueron cometidos en el contexto del conflicto armado y del 1 de enero de 1980 al 16 de enero de 1992.