La demanda de Gustavo López exigía $8 millones como responsabilidad civil. / DEM


La Cámara Segundo de lo Penal de la Primera Sección del Centro de San Salvador reafirmó ayer que no puede empezar un proceso por difamación y calumnia en contra del pressidente de la República, Nayib Bukele, sino que es en la Asamblea Legislativa, donde le deben quitar el fuero constitucional.

La resolución que declaró improcedente la demanda del presidente del Consejo Ejecutivo Nacional (Coena) de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), Gustavo López Davidson, contra el presidente de la República, Nayib Bukele, por el delito de difamación o calumnia por una permuta de armas entre la empresa Centrum y el Ministerio de la Defensa Nacional.

La instancia reiteró en su resolución que no puede ser “juez y parte”, del proceso, puesto que los abogados de López Davidson solicitaron desaforar a Bukele “para que fuese juzgado como un civil común y corriente”.

Retirar el fuero a un funcionario público, añade la Cámara, le corresponde por ley a los diputados de la Asamblea Legislativa.

La resolución quedó en firme el 8 de enero del 2020, porque luego de dar el fallo, López Davidson no presentó apelación.

El 7 de noviembre de 2019, Bukele ordenó al ministro de la Defensa Nacional, René Merino Monroy, que denunciara al líder del partido Arena ante la Fiscalía General de la República (FGR) por los delitos de hurto y estafa agravada en perjuicio de la Fuerza Armada, por el intercambio de armas con Centrum, que es presidido por López Davidson.

Según Merino, las irregularidades ocurrieron en un contrato que la FAES firmó con Centrum, en 2013, por un intercambio de armas valorado en $2 millones.