Magistrados Elsy Dueñas, José Pérez Chacón y Nahún Martínez. Fotografía: CSJ.


Cinco magistrados, cuatro de los cuales fueron electos por la nueva Asamblea Legislativa, intentaron revocar la extradición de un cabecilla de la MS-13 requerido por delitos de asesinato y terrorismo en Estados Unidos.

La votación para revocar la extradición de suplicatorio 126-S-2020 tuvo 5 votos: Doris Luz Rivas Galindo, José Ángel Pérez Chacón, Óscar López López Jerez, Elsy Dueñas Lovos y Héctor Nahún Martínez.

José Ángel Pérez Chacón, uno de los cinco nombrados magistrados de la Corte Suprema de Justicia el 1 de mayo, fue quien pidió someter a votación la revocación de la extradición de Armando Eliú Melgar Díaz, alias "Blue" o "Cliper", requerido por el Tribunal del Distrito Este de Virginia, Estados Unidos.

Pérez Chacón pidió revocar la decisión en dos ocasiones.

Su argumento fue la necesidad de fundamentación, que se trata de un salvadoreño independientemente de su edad y que es necesario valorar la proporcionalidad de las penas más gravosas que aplicarían en Estados Unidos.

Hasta que fue nombrado magistrado, Pérez Chacón fue asesor jurídico de Casa Presidencial y parte del equipo de asesores que dirige el secretario jurídico de la Presidencia de la República, Conan Castro.

Los magistrados ya habían votado por la extradición de Melgar Díaz con 13 votos, sin embargo, retomaron el tema a petición de Pérez Chacón, cuando se inició la discusión de la solicitud de extradición de Edwin Mauricio Rodríguez Morales, alias Manicomio, que era menor de 21 años en la comisión del delito. Fue cuando inició un debate sobre la protección constitucional del juicio a un menor y sobre si ejercían control a los convenios que permiten la extradición.

¿Quién es Melgar Díaz?


Una búsqueda por Internet provee información oficial sobre quién es el cabecilla cuya extradición es solicitada por Estados Unidos.

Armando Eliú Melgar Díaz, alias “Blue de Ganster”, de 31 años, fue capturado el 9 de noviembre de 2018 según un comunicado de la Fiscalía General de la República de ese entonces. Sin embargo, el Juzgado Especializado de Sentencia de Santa Ana lo absolvió de agrupaciones ilícitas.

En julio de 2020, el Departamento de Justicia de la Oficina de la Fiscalía anunció una acusación federal contra Melgar Díaz, por cargos de terrorismo, conspiración de extorsión, conspiración para brindar apoyo material a terroristas.



Según el Departamento de Justicia, en mayo de 2017, se convirtió en el líder del programa de la costa este de la MS-13 supervisando aproximadamente 20 clicas de la MS-13 en los Estados Unidos, incluso en Virginia, Maryland, Carolina del Norte, Tennessee, Texas, Nueva York, Massachusetts, Nueva Jersey, California, Ohio, Rhode Island, Oklahoma, Luisiana y el Distrito de Columbia.

Además, las autoridades estadounidenses lo señalan de supervisar las actividades de la MS-13 a nivel internacional en El Salvador, Guatemala y México.
Presuntamente coordinó el financiamiento para la MS-13 mediante la recaudación de cuotas y ganancias del tráfico de cocaína y marihuana, facilitó las comunicaciones entre los líderes de la MS-13 en El Salvador y las clicas de los EE.UU. y autorizó actos de violencia en los Estados Unidos, incluido el asesinato". Departamento de Justicia de EE.UU., oficina de Fiscalía del distrito este de Virginia.

Le recomendamos: EE.UU. acusa por primera vez de terrorismo a miembro de la MS-13

Puede encontrar más información oficial en el Departamento de Justicia de Estados Unidos.


El detalle de la discusión según el acta 48


Este es un resumen de las posiciones de cada magistrado según el acta de la Corte Suprema de Justicia salvadoreña:

Votación de la extradición de Armando Eliú Melgar Díaz alias "Blue" (126-S-2020). A favor: 13 votos.

Se inicia discusión sobre diligencias de extradición a Edwin Mauricio Rodríguez Morales, alias "Manicomio" (152-S-2019).

Magistrado Calderón dice que el juez de la causa puede decidir juzgar como menor o como adulto, y de eso no tiene control el Departamento de Estado.

Magistrado García dice que "no se ha efectuado la comunicación de condiciones del Estado salvadoreño para juzgar a este ciudadano" y expresa que "Estados Unidos estaría obligado a cumplir con lo considerado en este caso".

Magistrado Pérez Chacón expresa que no existe ninguna discusión sobre la aplicación directa de la Constitución y a la luz de los convenios internacionales, "por lo que propone debe reconsiderarse la decisión anterior y trabajar una mayor fundamentación sobre la posibilidad de ejercer control de constitucionalidad de los convenios".

Magistrado Rivera Márquez dice que el juez tiene la última palabra y que si se negara la extradición hay obligación de procesar al menor acá, con las dificultades que supone si los hechos ocurrieron en EE.UU.

Magistrado Marroquín dice que la norma habilita "a que no lo entreguemos" pero que debe incorporarse la perspectiva de los derechos humanos para fundamentar con norma internacional la no entrega de menores.

Magistrada Rivas Galindo dice que El Salvador tiene prohibición para hacerlo y está a favor de que se controle constitucionalidad.

Magistrado Pérez Chacón pide se someta a votación la revocación del caso anterior. Dice que la fundamentación es esencial y que, independientemente de la edad, se trata de un salvadoreño y debe dejarse establecido en cada decisión. Sugiere valorar la proporcionalidad de las penas más gravosas que les aplicarían en Estados Unidos. Argumenta también que el sentido a lo penal no permite ver elementos constitucionales.

Magistrada Rivas Galindo sugiere revisar el convenio y plantear lo previsto en la Constitución salvadoreña sobre penas perpetuas y pena de muerte.

Magistrado García sugiere solicitar garantías de Estados Unidos.

Votación por retirar el proyecto para trabajar mejoras de fundamentación: 9 votos.

Votación por revocación de extradición de suplicatorio 126-S-2020 para fundamentar: 5 votos de magistrados Rivas Galindo, Pérez Chacón, López Jerez, Dueñas y Martínez.

El resumen de la discusión aparece en el acta de Corte, documento que es público gracias a la Ley de Acceso a la Información Pública aprobada en diciembre de 2010.