El acuerdo que permite que El Salvador evalúe las solicitudes de protección a posibles refugiados, estará vigente una vez que los gobiernos de El Salvador y Estados Unidos hagan un intercambio de notas.

Ello ocurrirá cuando cada parte “ha completado los procedimientos legales internos necesarios”. El documento no señala explícitamente una necesaria aprobación legislativa.

Sin embargo, la aplicación completa del acuerdo podría frenarse si no se completa un plan de implementación inicial.

Ello se debe a que el mismo acuerdo indica que dentro de los 7 días de la entrada en vigor del acuerdo, El Salvador y Estados Unidos pretenden completar un plan sobre los procedimientos para la transferencia o el traslado de las personas y requisitos de capacidad institucional.

Este fue un acuerdo de para “la cooperación en el examen de solicitudes de protección” entre El Salvador y Estados Unidos.

Su contenido será revisado en conjunto por las partes “a más tardar tres meses después de la fecha de entrada en vigor”.

También, cada parte tendrá derecho a rescindir el acuerdo a los seis meses y podrían suspender por un periodo inicial de hasta tres meses su aplicación.

Las partes también pueden acordar modificaciones o adiciones al acuerdo, o hacerle suspensiones parciales.