La prohibición de concentraciones en conciertos, mítines, eventos deportivos con público y fiestas patronales inició su vigencia desde el martes 13 de julio, el día de su aprobación, y concluye 90 días después: el 10 de octubre.

El decreto legislativo número 90 “Disposiciones especiales y transitorias de suspensión de concentraciones y eventos públicos o privados” fue publicado en el Diario Oficial tomo 432, número 133, del martes 13 de julio de 2021.

Las concentraciones permitidas presentan la obligación de portar mascarilla de acuerdo al decreto.

 

Infracciones


El decreto no establece infracciones específicas, pero detalla que, si una persona incumple las medidas, promoviendo u organizando concentraciones de personas de estos tipos, será multado entre 20 y 100 salarios mínimos.

Además, caerá en el delito de desobediencia de particulares y la Fiscalía podrá actuar de oficio contra él.

El decreto declara de interés nacional el proceso de vacunación contra el covid-19, aunque el Gobierno no ha aclarado qué medidas concretas tomará en este sentido, además de la promoción de la vacunación.