La Comisión de Legislación continuó ayer el estudio de las reformas al Código Penal. / Asamblea


La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia opinó este lunes ante la Comi­sión de Legislación de la Asamblea Legislativa que el delito de desaparición forzada co­metida por las pandillas no debe prescribir y debe ser considerado delito de lesa humanidad.

La Sala fue citada por la comisión para que diera su opinión sobre la propuesta de reforma del artículo 99 del Código Penal presentada por la Fiscalía General de la República (FGR).

“Tendría sentido técnico que consideramos impres­criptible estas conductas por ser un delito de lesa humanidad porque la desaparición forzada de personas es un delito contra la humanidad, es un delito de lesa humanidad”, expresó Roberto Angulo, asesor y delegado por los ma­gistrados para sentar la posición de la Sala de lo Penal sobre la propuesta de reforma.

El delegado de la Sala planteó que las desapariciones forzadas son perpetradas de forma “sistemática” por las pandillas, las cuales fueron declaradas como organizaciones terroristas por la Sala de lo Constitucional.

Tras la exposición del representante de la Sala, los diputados de Alianza Repu­blicana Nacionalista (Arena) y Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) anunciaron que estudiarán si será necesario crear una nueva figura de desaparición forzada cometida por personas que no son miembros de pandillas y tampoco agentes de autoridad como policías o soldados. Estas dos últimas conductas delictivas ya están tipificadas en los artículos 148 y 148-A del Código Penal. La Comisión de Legislación acordó que el jueves, en sesión plenaria, se reunirá para emitir dictamen y aprobar la reforma.