Los trabajadores salvadoreños con un año de antigüedad en las empresas son los que menos aguinaldo reciben en Centroamérica, según legislaciones de cada país.

El decretó número 76-78 del Congreso de la República de Guatemala señala que todo patrono está obligado a otorgar a los trabajadores un aguinaldo equivalente al 100 % de su salario mensual luego de un año de servicios continuos.

De igual manera, en Honduras, el capítulo II de la “Ley del séptimo día y décimo tercer mes en concepto de aguinaldo” plantea que la prima se otorga con base al promedio de los salarios ordinarios recibidos por el trabajador durante un año.

En Nicaragua, el décimo tercer mes de pago también se establece por ley para todo trabajador. El pago extra de un mes se otorga conforme al último salario que el colaborador recibió.

Al sur de la región, en Costa Rica, se establecieron leyes para el pago del aguinaldo para la empresa privada y otra para el sector público.

Las normativas costarricenses indican que el aguinaldo debe ser equivalente a un salario mínimo que se calcula basándose en los sueldos ordinarios y extraordinarios devengados por la misma persona 12 meses antes del 1 de diciembre, esto último en el caso de las empresas.

En el sector público, el tiempo que se toma en cuenta va del 1 de noviembre del año anterior al 31 de octubre del año respectivo.

En Panamá también se paga un decimotercero mes de salario que, por ley, debe ser entregado en tres partes a los trabajadores. El decreto de Gabinete número 221 plantea que la bonificación se calculará en un día de salario por cada once días o fracción de trabajo efectivo, contínuos o discontinuos.

Tanto en Costa Rica, Guatemala, Honduras, El Salvador y Nicaragua se establece que los que no cumplieron con el año laborado deben recibir una compensación de un pago proporcional del aguinaldo.


Panorama diferente

Exceptuando a las personas que no han cumplido el año de trabajo, El Salvador es el único en la región en donde la compensación de fin de año se entrega de forma desagregada dependiendo de la antigüedad en la misma empresa.

Todo trabajador que tenga al menos un año recibe un salario extra que se entrega en uno o varios pagos en Centroamérica, mientras que en El Salvador, los empleados que tengan entre uno y tres años deben percibir 15 días de su salario actual.

La cifra incrementa para los que tienen entre tres y 10 años, pues el Código de Trabajo mandata a los patronos cancelar 19 días de salario.

Los que más reciben son los que superan los 10 años de servicios, que llegan a obtener hasta 21 días de salario.

En septiembre de 2024, la diputada Claudia Ortiz pidió a la Asamblea Legislativa incrementar el aguinaldo. La propuesta señalaba otorgar 25 días de salario a todos los trabajadores cuyo salario fuera menor a $547.

La propuesta no fue tomada en cuenta y no se incorporó a la agenda de la Asamblea.


Plazos

El tiempo para entregar el aguinaldo es diferente en la mayoría de los países.

En El Salvador, el período legal para que las empresas desembolsen la remuneración extra arrancó el 12 de diciembre y culminará ocho días después.

En Guatemala, el 50 % del aguinaldo se paga en la primera quincena de diciembre y el restante se otorga en la segunda mitad de enero.

Siempre al norte de Centroamérica, en Honduras los trabajadores pueden recibir el pago cualquier día de diciembre o negociarse la entrega en diferentes fechas.

Mientras que en Nicaragua se debe cancelar en los primeros 10 días de diciembre, y en Costa Rica, a los colaboradores de empresas privadas, se les desembolsa en los primeros 20 días de este mes.

Panamá es el único de la región en donde el decimotercer salario se divide en tres partes, desembolsando un 33.3 % el 15 de marzo, un 33.3 % el 15 de agosto y un 33.3 % el 15 de diciembre.

Los trabajadores en Honduras y Guatemala también tienen acceso a un bono o décimo cuarto sueldo en el año.

En Guatemala, la medida incluye al sector público y privado y equivale a un mes de salario que se otorga durante la primera quincena de julio de cada año.

Por su parte, en Honduras es un salario mensual que se otorga en junio de cada año bajo las mismas condiciones en las que se entrega el aguinaldo.

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