Si queremos iniciar bien el año y construir democracia mientras se fortalece el Estado de Derecho, es necesario comenzar a cambiar la forma en la que se considera el Derecho y, a consecuencia de ello, se interpretan las normas en las que este se expresa.

Quienes pasamos por una Escuela de Derecho recordamos los meses en compañía de los gruesos volúmenes sobre “Introducción al Estudio del Derecho”, en los que expositores ya clásicos como Abelardo Torré o García Maynez, enfatizaban en la dura labor que enfrentaría el futuro abogado, al considerar que el objeto de esta ciencia es la conducta humana y su único fin es la justicia.

Los más sonados casos ventilados durante el año pasado demuestran que dichas lecciones han quedado en el olvido, ya que el objeto del Derecho se ha trastocado en una simple técnica que, en la mayoría de casos, permite proteger privilegios de unos, romper con la universalidad de la ley, y menoscabar los derechos de las víctimas. La definición clásica de Ulpiano que hacía de la justicia el arte de “darle a cada quien lo que le corresponde”, quedó borrada de la historia salvadoreña.

Esto se traduce en una serie de concepciones asumidas por la generalidad, basadas en prejuicios, en la confusión interesada entre los conceptos de justicia y legalidad, y en una pobreza de argumentos plasmados en resoluciones administrativas y en sentencias judiciales, a todo nivel, que carecen de lógica jurídica y de empatía con cualquiera que podamos identificar como víctima.

Vale la pena recordar algunos ejemplos: a finales de marzo pasado se publicaba en este mismo periódico que en el caso conocido como “Transes”, el expresidente Elías Antonio Saca negoció con la Fiscalía General de la República (FGR) un proceso abreviado, en el cual admitiría el delito de cohecho activo (ofrecer dádivas a funcionario o empleados públicos) a cambio de recibir una pena mínima. Esta negociación, pactada originalmente con el anterior titular de la Fiscalía, contradice la misión constitucional de esta, que es la de defender los intereses del Estado y de la sociedad.

Los millones de dólares que luego reconoció el expresidente sustrajo de los fondos públicos no solo impidieron que se invirtieran en un mayor gasto social, sino que hasta la fecha, no han existido garantías efectivas de que los mismos puedan ser recuperados y, por lo tanto, restituidos a las cuentas estatales de las que nunca debieron haber salido para los fines que fueron utilizados: financiamiento de campañas políticas, soborno a funcionarios, y hasta pagos a las mismas empresas propiedad del expresidente de la República.

La lógica perversa de considerar más favorable un acuerdo con el que infringió la ley, a cambio de evitar un complicado proceso judicial, no hace más que mantener oculta la incapacidad de la mayoría de agentes del Ministerio Público para hacer su trabajo, ampliamente superados por los abogados particulares que lucran con la defensa técnica, a la que tienen derecho algunos de los funcionarios o ex funcionarios más cuestionados del país. ¿Desde cuándo la justicia se volvió negociable?

Otro caso que evidenció la deformación de los conceptos jurídicos fue el del magistrado Eduardo Jaime Escalante, acusado de agredir sexualmente a una niña. En su resolución ampliamente publicitada en noviembre–detalles procesales aparte- el Tribunal que tuvo a su cargo la valoración de los hechos se explayó analizando temas de tipicidad y legalidad; sin embargo, al llegar al punto medular de la cuestión, que era la responsabilidad del imputado y los daños causados a la víctima, los juzgadores declararon que en el relato de los hechos “no se aprecia (…) que haya mediado violencia en ninguna de sus manifestaciones para que los tocamientos se produjeran…”.

Semejante ceguera sobre los fines del Derecho, sobre la vulnerabilidad de las niñas que sufren una agresión semejante y sobre los alcances de la justicia penal o de cualquier tipo, fue coronada en la misma sentencia con una referencia a que “…el sujeto se valió de la sorpresa o estado de descuido en que la víctima se encontraba para la realización de la acción…”. Si se entiende bien, la niña que se vio envuelta en este acto de violencia debía haber estado alerta y enfocada ante los potenciales avances del acusado, no hacerlo así, atenuó la responsabilidad de este, circunstancia que sí fue tomada en cuenta por el tribunal.

“Retorcer” significa, de acuerdo con la Real Academia Española, el acto de “interpretar siniestramente algo, dándole un sentido diferente del que tiene”. Aquí hay dos ejemplos, seguramente podríamos hacer reseña de un ciento más.