El Instituto de Acceso a la Información Pública tiene bajo su estudio unos 400 casos de acceso a información o protección de datos personales. / DEM


El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) tiene un total de 383 casos en trámite de acceso a información pública: un caso de acceso a la información pública data de 2017 y el resto de 2018 y 2019.

Según el jurídico del IAIP, Carlos Calderón, solo hay una persona que analiza el tema de los datos personales y otra persona encargada de analizar los casos de acceso a la información pública.

“Son más de 400 casos, eso es una de las cuestiones que nos está afectando”, dijo. El IAIP prevé contratar más técnicos. El abogado mencionó algunos posibles obstáculos para el acceso a la información pública.

El 99 % de personas que acuden a la jurisdicción contencioso administrativa son instituciones públicas y no los demandantes. “Tenemos casi más de 40 casos en la jurisdicción contencioso administrativo”, afirmó. A ello se suma, según el profesional, el estancamiento de estos casos en la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Otra de las formas de obstaculizar el acceso a la información pública es la inexistencia de la información, que se deriva de una sentencia de la Sala de lo Constitucional que exime de responsabilidad al funcionario por información solicitada pasada, que no corresponde a su periodo.

El presidente del IAIP, René Cárcamo, agregó que la sentencia de la Sala de lo Constitucional reserva información considerada “superflua”.



Burocratización

Según el abogado, algunas disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos (LPA) podrían “burocratizar” trámites relacionados a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

Aunque destacó que la Ley de Procedimientos Administrativos tiene muchos puntos positivos, señaló que la exigencia de la firma en la solicitud, el silencio negativo y la exigencia de firma legalizada cuando se presenta la solicitud a través de un tercero.

El silencio positivo favorece al demandante ante el IAIP si esta institución no resuelve en un plazo. El silencio negativo no favorece al demandante, sino que confirma la resolución de la institución estatal demandada ante el IAIP.

El IAIP es la institución encargada de dirimir si una información debe ser entregada o no al ciudadano que la solicita al Gobierno o a cualquier autoridad pública.