El ministro de Trabajo, Rolando Castro, recordó que es asueto remunerado para los trabajadores del sector privado que laboren los días jueves 28, viernes 29 y sábado 30 de marzo.

"En caso de trabajarlos, se debe pagar doble", aclaró el funcionario, en la plataforma X.

Así mismo, el titular de la cartera de Trabajo anunció que los inspectores del Ministerio recorrerán el país para verificar que las empresas privadas cumplan esta disposición.

De acuerdo al artículo 190 del Código de Trabajo, se establecen como días de asueto remunerado el 1 de enero, el jueves, viernes y sábado de Semana Santa, el primero de mayo, el 6 de agosto, el 15 de septiembre, el 2 de noviembre y el 25 de diciembre.

El trabajo en día de asueto, por acuerdo con su patrono, genera un salario extraordinario integrado por el salario ordinario más un recargo del 100 % del mismo.