La representación laboral y empleadora del Consejo Superior del Trabajo (CST) pedirá a la Asamblea Legislativa otorgue una prórroga para la entrada en vigencia de la ley que obliga a las empresas e instituciones públicas a instalar salas cunas -o en su defecto la contratación de guarderías-, hasta 2021.

El CST es la máxima autoridad en temas laborales, una entidad tripartita con representación laboral, empleadora y del Gobierno central. Estuvo inactivo desde 2013, luego que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) lo declarara acéfalo. Seis años después, la nueva administración de la cartera estatal lo restableció en noviembre de 2019.

En las primeras reuniones sostenidas en el CST se acordó de manera unánime elaborar una solicitud destinada a la Asamblea Legislativa para pedir una prórroga que la ley entre en vigencia y se aplique hasta 2021, indicó Luis Cardenal, presidente de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP).

“Fue una de las primeras cosas que se discutió en el CTS y fue de los primeros acuerdos que se consideraron. Después de analizar con seriedad nos dimos cuenta que ni el sector público ni el privado estábamos preparados para hacer cumplir adecuadamente con esa ley”, indicó Cardenal.

Se firmó un acta y se acordó acompañar la iniciativa entre los tres sectores del CTS, confirmó Saraí Molina, representante del sector laboral en el CST. “Uno de los problemas es que las instituciones del Estado no habían contemplado en sus presupuestos los fondos correspondientes para la instalación de salas cunas en cualquiera de sus modalidades, aparte que no existe un censo de cuántos son los menores que se acogerían en el programa”, comentó.

 

¿Qué contempla la ley?

Una sentencia de la Sala de lo Constitucional en 2017 fijó el 31 de mayo de 2018 como fecha máxima para que la Asamblea Legislativa aprobara la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cunas para los Hijos de los Trabajadores. Al límite de ese período, los diputados avalaron la normativa y se estableció que en entraría en vigencia este 2020.

La normativa se basa en el artículo 42, inciso 2, de la Constitución de la República, que establece la obligación de los patronos de instalar y mantener salas cunas, así como lugares de custodia para los hijos de sus empleados.

Esta ley establece que una empresa o entidad pública con 100 o más empleados permanentes o temporales estará obligada a brindar este beneficio, que cubrirá a los niños de entre cero y tres años de edad. La legislación contempla tres opciones: instalar una sala cuna propia, asociarse con otra empresa para tener cunas comunes o contratar servicios independientes.

Tal como quedó redactada la ley, los patronos sufragarán los costos de instalación, mantenimiento y contrato del personal especializado. Sin embargo, los gastos de construcción y equipamiento serán deducibles del impuesto sobre la renta.

Ya a inicios de 2020 ni el sector privado ni las instituciones públicas contemplaron este costo dentro sus presupuestos para este año y no se encuentran preparadas para la implementación de las salas cunas, indicó Cardenal. El vocero de gremial agregó que aún falta que el Ejecutivo emita el reglamento que regulará la implementación de salas cunas y tampoco existen estudios de impacto.