La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa continúa estudiando este lunes el aumento de las penas al hurto, robo, receptación, conducción de mercaderías de dudosa procedencia, estafa y daños. Por ejemplo, se aumentarían las penas para el robo de 6-10 a 10-20 años de prisión; y para el robo agravado, de 8-12 a 20-30 años de prisión.
Villatoro preguntó a los diputados: ¿Cuál es la diferencia entre salir vivo de un robo agravado o no?, ¿de qué depende? La diputada Alexia Rivas le respondió que dependía de la suerte. “¿Por qué tengo que esperar que haya un resultado tan nefasto para tutelar el principal derecho fundamental, que es la vida?”, cuestionó.
Estamos poniendo herramientas para que se genere verdaderamente una reparación del daño, estoy hablando de delitos patrimoniales".
Gustavo Villatoro,
ministro de Justicia y Seguridad.
El titular de Seguridad explicó que, después de 1992, El Salvador era gobernado por “bandas”, que era el “depredador natural” contra los deportados de los Estados Unidos. Agregó que la naturaleza de las estructuras de las pandillas era ser un “monopolio criminal”: “Solo ellos podían matar, solo ellos podían extorsionar, solo ellos podían vender droga”, dijo.
Agregó que luego de erradicar a las bandas de secuestradores no se les permitió seguir combatiendo a los criminales en sus siguientes círculos. “No querían resolver el problema de la inseguridad, no nos dejaron bajar al siguiente espiral, que era donde estaban todo este cluster de rateros que atentaban contra la vida y la propiedad”, relató. Controlada la amenaza de ese estado criminal paralelo, “ha llegado el momento de abrir y entrar al siguiente espiral delincuencial”, señaló Villatoro.
El ministro de Justicia destacó que, en la propuesta de reforma al Código Penal, han incluido a los semovientes y vehículos en el hurto agravado, y que están generando una "protección adicional", incrementando la pena cuando ese tipo de delitos sean cometidos dentro de una unidad de transporte público o en lugares públicos.
El Código Penal aprobado en 1998, según Villatoro, le "incrementó el costo a la sociedad para hacer justicia y le disminuyó el costo al criminal para ser impune".
"Un concepto romántico de la detención provisional"
El funcionario también defendió la reforma propuesta al artículo 8 del Código Procesal Penal que extiende la detención provisional, aunque no se pronunció y los diputados tampoco le preguntaron sobre la modificación propuesta por el fiscal general, Rodolfo Delgado, que sugirió que, en lugar de extender el tiempo máximo de detención provisional a la mitad de la pena máxima –como lo establece la propuesta original–, la detención provisional pueda prorrogarse 12 meses para delitos menos graves y 24 meses para delitos graves. Estas cantidades son equivalentes a los plazos máximos actuales.Los partidos de oposición han criticado la extensión de la detención provisional, alegando que violaría la Constitución de la República y tratados internacionales.
Villatoro afirmó el artículo 8 del Código Procesal Penal original se creó para "castigar penalmente a un juez que no ponía en libertad a un condenado" que no tuviera condena firme; y aseguró que la reforma da facilidad en los procesos abreviados en casos delictivos por primera vez incluso, facultando a la Fiscalía a solicitar una pena inferior a la mínima.
El funcionario negó que la reforma al artículo 8 del Código Procesal Penal esté modificando los plazos de las fases procesales. "En términos generales va con la misma filosofía, de mirada hacia la víctima y de imponer el principio de todo sistema penal, que es la justicia", indicó. Criticó que a partir de los códigos aprobados en 1998 se generó "un concepto bastante romántico de la detención provisional y siempre ponían como ejemplo el hurto de una gallina. Lo mismo están atribuyendo a este momento".