Nayib Bukele, presidente de la República. Foto: Óscar Machón.


El presidente de la República, Nayib Bukele, devolvió vetada una reforma que pretendía multar a funcionarios específicos, incluido el presidente del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), por cada defunción no reportada en el plazo de 15 días hábiles al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El pasado 31 de octubre, la Asamblea Legislativa aprobó un conjunto de reformas para aumentar la multa de $114 a un rango entre $114 a $1,142, y mencionar expresamente que los multados por no reportar las partidas de defunción serían los jefes del Registro del Estado Familiar de las 262 alcaldías del país, al Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) y al registrador electoral.

El presidente consideró que la reforma es inconstitucional ya que por ser una democracia pluralista debieron ser consultadas la Corporación de Municipalidades de El Salvador (Comures), Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (Isdem) y RNPN.

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“Es el parlamento el único lugar del Estado donde la pluralidad sociedad está representada”, cita una sentencia de la Sala de lo Constitucional del 21 de agosto de 2009.

El titular del RNPN expresó, en un escrito dirigido a Presidencia, que los plazos no son congruentes porque y que es imposible que lo cumpla la institución, ya que inicia desde el momento que tuvo conocimiento de la muerte y a la vez tiene 15 días hábiles para trasladar esa información al TSE.

Un segundo argumento del Presidente es que se cometió vicios de procedimiento, ya que todo procedimiento legislativo debe garantizar el debate y la transparencia.