Dos diputadas del FMLN presentaron una propuesta de reforma a la Ley Bitcoin en la que se elimina la obligatoriedad del uso de esta moneda virtual en El Salvador.

En la propuesta, piden que sea opcional recibir el bitcoin al vender un producto o servicio. También, proponen que se prohíba expresamente que no se paguen salarios, prestaciones laborales o incluso pensiones con esta criptomoneda.
Si el tema es aplicar tecnología, uno, debe ser de manera voluntaria. Todos hemos leído la ley, es una ley corta, de 16 artículos y, en el artículo 7, claramente se establece la obligatoriedad, por más que quieran decir otra cosa”. Anabel Belloso, diputada del FMLN.

Así mismo, la propuesta plantea que se prohíba al Estado pagar la deuda pública con criptomonedas.

La Ley Bitcoin fue presentada por el Ejecutivo el 8 de junio de 2021. Fue aprobada ese mismo día con 62 votos de Nuevas Ideas y de partidos aliados. Fue publicada en el Diario Oficial al día siguiente y su vigencia iniciará el 7 de septiembre.

La ley establece el bitcoin como moneda de "curso legal", al nivel del dólar, y su artículo 7 exige que todo proveedor de bienes o servicios acepte el bitcoin.
Ayer escuchábamos con mucha alarma y la población escuchó las declaraciones del ministro de Trabajo, donde se decía que se iba a utilizar esta criptomoneda para el pago de salario, lo están dando a ver así, aún cuando ahora el ministro de Hacienda sale diciendo otra cosa. Anabel Belloso, diputada del FMLN.

 

Propuestas de reforma


1. Eliminación del bitcoin como moneda de curso legal

La primera modificación que las diputadas del FMLN plantean es la eliminación del bitcoin como moneda de curso legal.

También, piden regular la transacciones de bitcoins, dado que consideran que el mecanismo es vulnerable al lavado de dinero.

Artículo 1 aprobado: La presente ley tiene como objeto la regulación del bitcoin como moneda de curso legal, irrestricto con poder liberatorio, ilimitado en cualquier transacción y a cualquier título, que las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas requieran realizar. Lo mencionado en el inciso anterior es sin perjuicio de la aplicación de la Ley de Integración Monetaria.

Artículo 1 propuesto: La presente ley tiene como objeto la regulación del bitcoin y sus transacciones dentro de los límites establecidos en la presente ley. Lo mencionado en el inciso anterior es sin perjuicio de la aplicación de la Ley de Integración Monetaria.

 

2. Exhibición de precio obligatorio en dólares

El artículo 3 dice que “todo precio podrá ser expresado en bitcoin”. El FMLN pide que se reforme así: “Todo precio deberá ser expresado en dólares y podrá ser expresado en Bitcoin”.

 

3. Deroga contribuciones tributarias en bitcoins.

La propuesta también deroga el artículo 4, que permite que todas las contribuciones tributarias puedan ser pagadas en Bitcoin.

 

4. Deja optativa la aceptación del bitcoin.

En el caso del artículo 7, que dice: “Todo agente económico deberá aceptar Bitcoin, como forma de pago cuando así le sea ofrecido por quien adquiere un bien o servicio”, la propuesta de redacción es: “Los agentes económicos podrán aceptar el Bitcoin como forma de pago”.

 

5. Prohíbe pago de impuestos, salarios, pensiones, con bitcoins

También, piden agregar el artículo 7-A, en donde se prohíbe el pago con bitcoins de los tributos y tarifas del Estado y municipales, salarios, honorarios, dietas, bonos, aguinaldos, indemnizaciones y cualquier prestación económica; y tampoco las pensiones.

6. Prohíbe que se pague deuda pública con criptomoneda.

 
No podemos improvisar con la comida de la gente, no podemos improvisar sobre todo con la necesidad de los trabajadores. Esta ley fue creada con un fin claramente establecido de facilitar el lavado de dinero y eso no podemos poner en riesgo los ingresos de la población”. Dina Argueta, diputada del FMLN.

 

 

Objeta obligatoriedad


El diputado Serafín Orantes, del Partido de Concertación Nacional (PCN), expresó que se debe analizar la reforma presentada por el FMLN.

Adelantó que es “muy aventurado y riesgoso” que a los empleados se les pague con esa moneda digital.
Ahora tiene un valor y en cuestión de segundos esto es fluctuante, es una volatilidad exagerada la que tiene esta moneda, he ahí donde hay que tener mucho cuidado”. Serafín Orantes, diputado del PCN.

Agregó que en los 90 días para entrar en vigencia se puede afinar la ley.

“De tal manera que ese artículo 7 es muy complicado de obligar a ciertos proveedores, especialmente negocios pequeños, de los cuales se les quiera volver exigente que ellos puedan y estén obligados a recibir sus pagos a cambio de sus bienes y servicios”, dijo.

 

Ya es opcional


Por su parte, Numan Salgado, de la Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), asegura que el uso de la criptomoneda es opcional. “El éxito de esta implementación de esta moneda depende del uso que la población le vaya a dar”, expresó.

Para Salgado, no se puede argumentar que el bitcoin se use para el lavado de dinero.
¿Con qué se compran las drogas? Con dólares, ¿con qué se compra el tráfico de armas? Con dólares, ¿con qué se pagan los sobornos? Con dólares. Incluso a través de la banca legalmente establecida, tenemos el caso de un banco multado recientemente porque se le comprobó que había lavado de dinero. Veo más oportunidades que todas esas preocupaciones que están expresando los adversarios políticos”. Numan Salgado, diputado de Gana.

Para el diputado de Gana, la entrada en circulación de una nueva moneda trae incentivo de inversión de capitales extranjeros para implementar el sistema.