Las audiencias se suspenderán excepto si afectan un plazo constitucional de detención o para inquirir. / DEM


La Asamblea Legislativa suspenderá los plazos de los procedimientos administrativos y procesos judiciales de cualquier materia o instancia en la que se encuentren.

El ministro de Gobernación, Mario Durán, envió la solicitud de reforma al decreto 593, el decreto de Estado de Emergencia Nacional de la Pandemia por Covid-19.

La reforma solicitada por Durán a la Asamblea Legislativa suspende los plazos y celebración de audiencias de la jurisdicción penal común y jurisdicciones especializadas en materia penal.

Se suspenderían las audiencias administrativas o del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), y “los trámites relacionados a la temática del acceso a la información pública que sean llevados a cabo por las distintas instituciones obligadas por la Ley de Acceso a la Información Pública”.

De esta suspensión, queda excluida los plazos establecidos por Constitución, como la detención administrativa, el término de inquirir y las audiencias derivadas de dicho plazo, así como las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar. Ayer, la dispensa de trámite para conocer la piez recibió 77 votos. Pero no se aprobó porque los diputados pidieron conocerla.

Los diputados se quejaron por el secretismo sobre las solicitudes del Gobierno que iban a someterse a aprobación desconocidas incluso por diputados.