Lo vemos con frecuencia en el cine y la televisión, pasa en nuestro sistema de justicia: se ofrece protección especial a un testigo “protegido” o “criteriado”, es lo mismo, para que colabore en un caso.

La norma para un testigo “protegido” establece preservar su identidad, domicilio y lugar de trabajo. Pero también hemos visto cómo testigos “criteriados”, corruptos confesos, son premiados con impunidad por hacer afirmaciones –verdades o mentiras– en contra de otro. Hay casos, en los que el criteriado se declara enfermo, se interna en un centro asistencial, y desde el hospital se le toman declaraciones que le sirven para salvar el propio pellejo, a costa de “untar” a quien pueda. Estas declaraciones las ocupan para envolver su propio delito y obtener un beneficio, o borrar las huellas de su actuación delictiva, protegido bajo un seudónimo y evitando se capture su imagen por cualquier medio.

Hemos conocido, a través de las noticias, los nombres de varios criteriados que se se ocupan de implicar, sin mayores pruebas, a muchos inocentes y a cambio, su nombre, oculto detrás de seudónimos, se va desvaneciendo durante las fases del proceso judicial, hasta desaparecer por completo. Declaraciones acusatorias sin fundamento hay muchas, en casos que terminan siendo juicios mediáticos nada más, porque no hay pruebas de peso que sustenten las afirmaciones, pero sí pueden causar la “muerte civil” de individuos inocentes, dañan la reputación y la honorabilidad de muchas personas. Si hay culpables, deben pagar la pena que corresponda por su delito, pero no es correcto manchar a ciudadanos, por señalamientos de “criteriados”, sin validar sus declaraciones.

El actual Fiscal General de la República, Raúl Melara, genera confianza ante lo declarado en una entrevista en Frente a Frente, de TCS: “…la figura del testigo criteriado debe seguirse usando, pero no debe ser elemento fundamental para levantar investigaciones o llevar casos a los tribunales… No podemos depender del testigo criteriado, debemos seguir investigando, tener tecnología… como Fiscalía debemos reforzar la investigación… Es cierto que hemos dependido mucho del testigo criteriado, pero también es cierto algo, no todo lo que un testigo criteriado diga es santa palabra... la Fiscalía debe contar con otros medios para que se pueda rectificar lo que un testigo diga…”, aseguró Melara.

Profesionales como Rony Huezo, Carlos Nasser y Luis Santos, quienes fueron candidatos a dirigir la Fiscalía, coincidieron que la institución debe evitar el “abuso” de la figura del testigo “criteriado” como parte de la prueba acusadora en los procesos judiciales: “En El Salvador, los testigos criteriados son delincuentes confesos; el Estado les perdona los delitos cometidos a cambio de señalar a los cómplices de sus crímenes”. Nasser fue más allá: “…agarran a los más involucrados en los procesos judiciales para que terminen quemando a los otros”, acusó. Nada le garantiza al Estado que el “criteriado” diga la verdad. Algunos mienten y buscan burlar el sistema de justicia para obtener su libertad. Otros colaboran honestamente y, a cambio, son absueltos por sus delitos. El uso de “criteriados” ha aumentado en un 142 % en cuatro años, hasta el 2017 que cerró con 642 casos con testigos criteriados.

Retomo este fragmento de un interesante Editorial de la UCA, fechado 14/10/2019: “La figura del testigo criteriado –o su equivalente designado con otro nombre– existe en muchos sistemas judiciales. Es lógico rebajar la pena a quienes, habiendo cometido alguna falta, acusan a los que cometen, ordenan o dirigen delitos más graves. Sin embargo, en El Salvador se abusa de ese recurso. La tendencia a procesar a un grupo numeroso de personas con base en uno o dos testigos criteriados es irregular y peligrosa… Hay personas que justifican este tipo de abusos diciendo que los acusados son delincuentes y que deben pagar por sus delitos, aunque no hayan tenido participación en el hecho del que se les acusa y por el que se les condena. Ese modo de pensar ni es coherente con el estado de derecho, ni con la Constitución, ni con la decencia, porque facilita, incluso garantiza, la condena de inocentes, especialmente cuando la defensa es de baja calidad o cuando la presión social sobre los jueces es demasiado intensa…”

En honor a la justicia, no se debe permitir que más testigos “criteriados”, que son delincuentes confesos, sean favorecidos con impunidad por hacer afirmaciones –verdades o mentiras– en contra de terceros, sin tener mecanismos para validar con pruebas fehacientes lo que atestiguan, evitando así, perversos juicios mediáticos que atentan contra la presunción de inocencia de toda persona.